El buceo en las Islas Baleares es una de las experiencias deportivas más interesantes que se pueden hacer. En el litoral de esta Comunidad autónoma existe una decena de reservas marinas en las que se realizan más de 60.000 inmersiones anuales.
En este post repasamos los principales requisitos para el buceo de recreo o iniciación en las Islas Baleares. Y las obligaciones de los centros deportivos de buceo y de los usuarios buceadores profesionales y en iniciación.
Tabla de contenidos
Qué es el buceo recreativo
De todas las disciplinas deportivas en el medio acuático, el buceo recreativo puede tener incidencia en el medio donde se realiza, especialmente en reservas marinas protegidas.
Por ello las Comunidades autónomas con litoral o grandes recursos lacustres han regulado la práctica del buceo recreativo.
Para la norma balear, buceo recreativo es
la práctica que consiste en mantenerse bajo el agua con el auxilio de aparatos o técnicas que permiten el intercambio de gas respirable con el exterior … para conseguir una permanencia prolongada dentro del medio líquido, con utilización de equipos de respiración autónoma o semiautónoma con finalidades preferentemente recreativas.
Qué no lo es
No entra dentro de esta definición legal el buceo profesional, científico o militar, que se rigen por su propia norma.
Dónde se puede practicar
Según la legislación balear, el buceo recreativo solo se puede practicar en:
- Aguas interiores y exteriores del dominio público marítimo-terrestre, albuferas y embalses.
- Piscinas, aguas confinadas y otras instalaciones destinadas al baño o a la observación del medio subacuático.
- En el interior de cavidades terrestres inundadas por aguas dulces o marinas (espeleobuceo) siempre que se tenga la autorización de Medioambiente, el equipo y la cualificación.
Requisitos para practicar el buceo recreativo
Para poder hacer buceo recreativo se debe tener la edad mínima de 8 años y contar con titulación adecuada, con un certificado médico, el cuaderno de buceo y un seguro de accidentes.
Titulación
Para poder ejercer como buceador recreativo de debe contar con un título válido como lo son:
- Título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma (Real Decreto 932/2010, de 23 de julio).
- Acreditación de la cualificación profesional de nivel 2 AFD502_2. Conducción subacuática e iniciación en buceo deportivo.
- Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y Deportiva (Real Decreto 1670/1993, de 24 de septiembre), o el título de grado que la sustituya.
- Título de Técnico en conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural (Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre), o equivalente.
- Acreditación de la formación deportiva en buceo de nivel I y II reconocida por el Consejo Superior de Deportes o asimilable.
- Título de buceador monitor o buceador instructor (Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, o equivalente).
Certificado de reconocimiento médico
Se trata de un certificado médico donde se reconozca la aptitud del buceador recreativo para el buceo.
Si se trata de buceo de iniciación, el usuario no necesitará presentar dicho certificado médico, aunque deberá firmar una declaración responsable.
Cuaderno de buceo
El cuaderno de buceo es un documento donde constarán todas las inmersiones realizadas, selladas y verificadas por un buceador titulado o por un centro de buceo.
Se pueden anotar también cursos de capacitación realizados por el buceador y sus especialidades, firmadas y selladas por el centro donde se hayan impartido.
Seguro de accidentes y RC a terceros
Este seguro debe cubrir «cualquier tipo de accidente que pueda producirse. Incluido el tratamiento en un centro de medicina hiperbárica y la responsabilidad civil a terceros».
Edad mínima y profundidades de buceo
La norma balear detalla con qué edad se puede empezar a bucear y a qué profundidades:
- De 8 a 9 años: máximo 6 metros de profundidad.
- De 10 a 11 años: máximo 12 metros.
- De 12 a 15 años: máximo 21 metros.
- De 16 a 18 años: profundidad adecuada a la cualificación del menor.
En cualquier caso un mayor de edad debe hacerse responsable de los menores durantes sus inmersiones.
Centros de buceo recreativo
Los centros de buceo recreativo son en Baleares:
«el conjunto de recursos … en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears (dedicados a) la formación y práctica del buceo recreativo, así como recarga de botellas de buceo y alquiler de equipos de buceo.
Se consideran también centros de buceo sujetos a autorización:
- Los establecimientos de hostelería/hotelería con actividades subacuáticas en sus instalaciones. Pero no los que tengan piscinas con actividades de iniciación al buceo -«demo live». O prácticas de cursos, conducidas por un centro de buceo autorizado.
- Las personas físicas o jurídicas que, sin sede en las Illes Balears, organicen expediciones de buceo para la práctica de la actividad y la formación del buceo recreativo.
Todo ellos deben inscribirse de oficio en el Registro General de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de las Illes Balears (ver web).
Requisitos a cumplir
Además de llevar un registro de usuarios actualizado de los usuarios (nombre, nacionalidad, fechas de alta y baja y titulación), los centros de buceo deben cumplir estos requisitos (resumido):
- Tener un director/a del centro y personal técnico acreditado como buceador recreativo.
- Tener un plan de emergencia y evacuación que cubra procedimientos de recuperación, resucitación, reanimación y evacuación de accidentados. Y el suministro de oxígeno de emergencia y un centro de medicina hiperbárica próximo.
- Documentar los medios de asistencia disponibles; las cualificaciones del personal técnico, y relación de equipos de primeros auxilios, homologados (marca CE).
- Disponibilidad de un centro de medicina hiperbárica operativo «a una distancia y altitud que permitan que pueda ser utilizado, en 2 horas máximo desde el comienzo de la evacuación».
- Seguro de responsabilidad civil que cubra siniestros en las instalaciones del centro y en inmersión de los usuarios y el personal. La suma mínima por siniestro de 800.000 euros, con un mínimo de 150.000 euros por víctima por daños corporales y de 150.000 euros por daños materiales.
- Tener a disposición de los usuarios que no lo tengan un seguro de accidentes.
- Personal cualificado de primeros auxilios en soporte vital básico con desfibrilador semiautomático y oxigenación para accidentados de buceo.
- Equipo de oxígeno normobárico de emergencia, con capacidad para suministrar a dos personas como mínimo durante el traslado hasta el centro médico.
Requisitos en la embarcación
En la embarcación o plataforma desde la que se realice la inmersión el centro de buceo debe disponer de:
- Botiquín de primeros auxilios con barreras de protección, apósitos estériles, elementos de sujeción,
gasas, soluciones cutáneas antisépticas, jabón, pinzas y tijeras. Y soluciones para el tratamiento de picaduras o lesiones producidas por organismos marinos. - Unidad de emergencia de oxígeno.
- Sistema de comunicación adecuado para alertar a los servicios de emergencia.
- Plan de emergencias y evacuación.
Obligaciones de los centros de buceo con los usuarios
El personal del centro de buceo tiene el deber de comprobar que los usuarios cumplen el requisito de edad para bucear. Si es buceo de iniciación, deben obtener el consentimiento escrito de los usuarios afirmando conocer la información siguiente. Y que se comprometen a seguir las instrucciones y las órdenes del personal técnico encargado de la actividad.
Además, deben informarte previamente de:
- La actividad a realizar y su precio (debe estar visible en el centro y su página web si se reserva online).
- Conocimientos requeridos, dificultades de la inmersión y comportamiento a seguir en caso de peligro, molestias o incomodidad (claustrofobia, presión en oídos, dificultad para respirar etc.).
- Medidas de seguridad previstas durante la experiencia.
- Seguros suscritos por el centro y seguros individuales necesarios para poder realizar la práctica de las actividades subacuáticas.
- Materiales a utilizar y si está incluido o no en el precio (el de seguridad es obligatorio que se incluya en el precio de la actividad).
- Consejos medioambientales básicos para respetar la fauna y flora marinas-
- La existencia y la disponibilidad de hojas de reclamación.
Obligaciones de los buceadores
Además de seguir las indicaciones de los buceadores guía, los buceadores debemos respetar estos deberes. Especialmente en reservas marina de interés ecológico donde se conocen como «Buenas prácticas de buceo recreativo responsable»:
- Informarse sobre la reserva marina donde se buceará previamente por su cuenta y atendiendo al briefing previo del buceador guía.
- Practicar los ejercicios básicos de seguridad y dominio del equipo con un compañero a una profundidad de menos de doce metros antes de la inmersión.
- Practicar el control de flotabilidad en espacios de impacto reducido.
- Bucear previendo el contacto del aleteo con el entorno (golpes con aletas o el equipo a organismos de esqueleto calcáreo).
- Respetar a los seres vivos. Esto incluye no alimentarlos ni molestarlos, retenerlos. Tampoco llevarse conchas, caparazones o restos arqueológicos.
- Respetar a los pescadores artesanales y sus artes de pesca, en caso de encontrarlas.
- No manipular ni acercarse al material científico, en caso de encontrarlo.
- No tocar ningún objeto desconocido.
- No bucear dentro las cuevas ni en el interior de pecios sin la experiencia o entrenamiento debidos.
Reservas marinas de las Islas Baleares
Una reserva marina es un
área donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines. Para fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación. O para proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas.
Son reservas marinas de gran interés para el buceo recreativo en las Islas Baleares:
- Badia de Palma;
- Freus d’Eivissa i Formentera;
- Nord de Menorca;
- Migjorn de Mallorca;
- Illa del Toro;
- Illes Malgrats;
- Llevant de Mallorca;
- Freu de sa Dragonera;
- Nord-est d’Eivissa-Tagomago;
- Punta de sa Creu;
- Illa de l’Aire.
Normativa relacionada
Es normativa que regula el buceo en las Islas Baleares:
-
Orden 21/2022 de la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la cual se regula el procedimiento de concesión de autorizaciones de buceo recreativo y los criterios de buceo recreativo responsable en las Reservas Marinas de las Illes Balears (BOCAIB de 13 de septiembre de 2022).
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Orden APA/126/2019, de 1 de febrero, por la que se aprueban los criterios de buceo recreativo responsable en las reservas marinas.
Fija los mínimos de calidad y seguridad de las inmersiones y las buenas prácticas del buceo recreativo en materia de sostenibilidad y respeto de la flora y fauna marinos.
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Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears.
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Decreto 14/2014, de 14 de marzo, por el que se establecen los principios generales en materia de buceo recreativo en la comunidad autónoma de las Illes Balears (ver PDF).
-
Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears.
Regula las reservas marinas y cualquier actividad que pueda afectar los recursos marinos vivos (extracción de flora o fauna marinas y actividades subacuáticas).
-
Orden del Ministerio de Fomento de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas.