España condenada por la UE por exceso de publicidad televisiva

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«Exceso de publicidad televisiva». Fecha de publicación: 3 diciembre 2011.

Exceso de publicidad televisiva

Que en España se ceba a los telespectadores con publicidad no es una novedad. Que además se vulnera desde hace años el tope legal de doce minutos máximos de publicidad por hora de televisión previstos en la normativa europea es una práctica habitual.

Leemos en Europa Press que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha condenado la semana pasada a España por no impedir que las cadenas de televisión rebasen el límite de publicidad televisiva de 12 minutos por hora que fija la legislación comunitaria.

Técnicas publicitarias abusivas

En efecto, las técnicas publicitarias a las que recurren las cadenas de televisión habitualmente para saltarse el tope de a técnicas publicitarias son cuatro:

 los publirreportajes,

 los anuncios de telepromoción,

 los anuncios publicitarios de patrocinio y

 los microespacios publicitarios.

Todas ellas deben ser consideradas como anuncios publicitarios y por tanto computan para calcular el límite de 12 minutos por hora emitida, en contra del parecer del Estado español, que sostenía que no eran publicidad que computara.

Esta sentencia da la razón a la Comisión Europea, que había denunciado a España tras realizar un estudio sobre el cumplimiento de la normativa europea sobre publicidad en las cadenas de televisión españolas, tanto públicas como privadas, en 2005. El Ejecutivo comunitario constató que el límite de 12 minutos por hora se vulneraba de manera regular y además por un amplio margen.

Para el Tribunal de Justicia de la UE la protección de los consumidores-telespectadores es prioritaria sobre los intereses de las cadenas de televisión.

Por tanto, al permitir que estos tipos de publicidad sean emitidos por las cadenas de televisión españolas durante un tiempo que excede el límite máximo de doce minutos por hora de reloj, España ha incumplido las obligaciones que le corresponden en virtud de la legislación comunitaria.

Eva María Martín

Licenciada en Derecho y Postgrado en traducción. Soy una profesional por cuenta propia que se dedica a la traducción de documentación y al mantenimiento de sitios web, en particular mantengo el sitio www.consumoteca.com. Colaboro con Consumoteca porque creo en este proyecto y creo que hacía falta ordenar la información de ayuda a la compra y presentarla de una forma amigable, en una web bien diseñada. Animando a la gente a que se exprese se está dando un gran paso adelante en la emancipación de los consumidores españoles.

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