«Derecho desistimiento». Fecha publicación: 20 marzo 2019. Última actualización: 18 enero 2024.
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Aclaración previa: se dice desistimiento, no desestimiento
Desistimiento (a veces mal escrito como «desestimiento«), coloquialmente es el acto de desistir de algo, abandonar, echarse para atrás. La definición de desistimiento para la RAE es «apartarse de una empresa o intento empezado a ejecutar o proyectado».
Por tanto, en este post hablaremos de derecho de desistimiento, pero no de derecho a desistimiento o de derecho de desestimiento.
Qué es el derecho de desistimiento
En términos jurídicos, desistimiento es la facultad de un consumidor de un bien para devolverlo al comercio dentro de un plazo legal, sin tener que alegar ni dar ninguna explicación al respecto ni sufrir una penalización.
La Ley de defensa de los consumidores vigente (Real Decreto Ley 1/2007) dedica sus artículos 68 y siguientes al derecho de desistimiento para cualquier contrato celebrado entre un empresario y un consumidor o usuario. Y los artículos 102 y ss al derecho desistimiento en compras online o a distancia.
Derecho de desistimiento compra presencial
En principio, la ley prevé que las partes puedan pactar un derecho de desistimiento en compra presencial en tienda física. Pero no existe la obligación por parte de los comercios a aceptarnos devolver una compra (salvo por falta de conformidad, tara, defecto, etc.).
Dice así el art. 68:
1. El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
2. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
Es decir, que si el comercio no indica expresamente que acepta devoluciones en su política de devoluciones, no hay derecho de desistimiento en una compra presencial.
Ahora bien, en la práctica, las devoluciones en comercios grandes son muy habituales. Y los pequeños nos suelen dar un vale de compra (no el efectivo).
Derecho de desistimiento compra online: 14 días naturales
El principal derecho de un consumidor que hace una compra online es el de “ver o probar” la cosa durante un plazo prudencial, durante el cual pueda echarse para atrás si el producto o servicio no responde a sus expectativas. Esto es así porque no hemos podido ver o probar directamente lo que hemos comprado o contratado.
La citada Ley de los consumidores dedica sus artículos 102 y siguientes expresamente al derecho desistimiento en compras online, por teléfono, por catálogo. También incluye a las comprar realizadas fuera del establecimiento mercantil (la típica excursión con mayores seguida de una presentación comercial).
El artículo 102 prevé un derecho de desistimiento en la compra online de 14 días naturales (con algunas excepciones de artículos y servicios muy concretos):
Art. 102.-Derecho de desistimiento.
1. Salvo las excepciones previstas en el artículo 103, el consumidor o usuario tendrá derecho a desistir del contrato durante un periodo de catorce días naturales sin indicar el motivo y sin incurrir en ningún coste distinto de los previstos en los artículos 107.2 y 108.
En el caso de los contratos celebrados en el contexto de visitas no solicitadas efectuadas por el empresario en el domicilio del consumidor o usuario o de excursiones organizadas por el empresario con el objetivo o efecto de promocionar o vender bienes o servicios, el plazo de desistimiento se amplía a treinta días naturales.
2. Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo.
Excepciones al derecho de desistimiento
El derecho de desistimiento no se podrá ejercer (salvo por error o defecto en el producto o servicio contratado), en los siguientes supuestos previstos por el artículo 103 (Excepciones al derecho de desistimiento) de la citada Ley 1/2007:
El derecho de desistimiento no será aplicable a los contratos que se refieran a:
a) La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
b) El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento.
c) El suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.
d) El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
e) El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.
f) El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
g) El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
h) Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente. Si, en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
i) El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
j) El suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
k) Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
l) El suministro de servicios de alojamiento para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
m) El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento.
En relación con los artículos de higiene (ropa interior, joyería, colchones etc.), hay una sentencia interesante. En marzo de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de admitir en una histórica sentencia que se puede devolver un colchón comprado online dentro del período de desistimiento legal, incluso una vez desprecintado. Aquí te lo explico.
Características del derecho de desistimiento
Las características del derecho de desistimiento vienen detalladas en la citada Ley de 2007 y son estas:
Plazo para comunicar el desistimiento
Los consumidores tenemos 14 días naturales desde la recepción de la compra o uso del servicio para notificar al empresario nuestro deseo de ejercer este derecho de desistir de la compra.
Este plazo antiguamente fue de 7 días hábiles, que se mejoraron en 2014, pasando a 14 días, que además son naturales.
Artículo 104. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 105, el plazo de desistimiento concluirá a los catorce días naturales o, en su caso, a los treinta días naturales, contados a partir de:
a) El día de la celebración del contrato, en el caso de los contratos de servicios.
b) El día que el consumidor y usuario o un tercero por él indicado, distinto del transportista, adquiera la posesión material de los bienes solicitados, en el caso de los contratos de venta, o bien:
1.º En caso de entrega de múltiples bienes encargados por el consumidor o usuario en el mismo pedido y entregados por separado, el día que el consumidor o usuario o un tercero por él indicado, distinto del transportista, adquiera la posesión material del último de los bienes.
2.º En caso de entrega de un bien compuesto por múltiples componentes o piezas, el día que el consumidor o usuario o un tercero por él indicado, distinto del transportista, adquiera la posesión material del último componente o pieza.
3.º En caso de contratos para la entrega periódica de bienes durante un plazo determinado, el día que el consumidor o usuario o un tercero por él indicado, distinto del transportista, adquiera la posesión material del primero de esos bienes.
c) En el caso de los contratos para el suministro de agua, gas o electricidad –cuando no estén envasados para la venta en un volumen delimitado o en cantidades determinadas–, o de calefacción mediante sistemas urbanos o de contenido digital que no se preste en un soporte material, el día en que se celebre el contrato.
Obligación de información previa
El empresario está obligado a informarnos de este derecho en sus condiciones generales de contratación. Si no lo hace, los 14 días naturales se amplían a 12 meses (o hasta que informe de este derecho).
Artículo 69. Obligación de informar sobre el derecho de desistimiento.
1. Cuando la ley atribuya el derecho de desistimiento al consumidor y usuario, el empresario contratante deberá informarle por escrito en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, del derecho de desistir del contrato y de los requisitos y consecuencias de su ejercicio, incluidas las modalidades de restitución del bien o servicio recibido.
Deberá entregarle, además, un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere.
2. Corresponde al empresario probar el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Extensión a 12 meses en caso de incumplimiento
Y el 105, establece que si el empresario no informa de este derecho, el plazo de 14 días se extiende 12 meses más:
Artículo 105. Omisión de información sobre el derecho de desistimiento.
1. Si el empresario no ha facilitado al consumidor o usuario la información sobre el derecho de desistimiento, tal como se establece en el artículo 97.1.j), el periodo de desistimiento finalizará doce meses después de la fecha de expiración del periodo de desistimiento inicial, determinada de conformidad con el artículo 104.
2. Si el empresario ha facilitado al consumidor o usuario la información contemplada en el apartado anterior en el plazo de doce meses a partir de la fecha contemplada en el artículo 104, el plazo de desistimiento expirará a los catorce días naturales o, en su caso, a los treinta días naturales de la fecha en que el consumidor y usuario reciba la información.
Cómo se comunica nuestro deseo de desistir
Por su parte el artículo 70 recuerda que no hay formalidad alguna para desistir siempre que se acredite haberlo hecho:
Artículo 70. Formalidades para el ejercicio del desistimiento.
El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho.
En todo caso se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.
Y el 106 que basta con transmitir al empresario una declaración inequívoca de este deseo (mejor por escrito que por teléfono):
Artículo 106. Ejercicio y efectos del derecho de desistimiento.
1. Antes de que venza el plazo de desistimiento, el consumidor y usuario comunicará al empresario su decisión de desistir del contrato.
A tal efecto, el consumidor y usuario podrá utilizar el modelo de formulario de desistimiento que figura en el anexo B de esta ley; o bien realizar otro tipo de declaración inequívoca en la que señale su decisión de desistir del contrato.
Derecho gratuito
No se te puede cobrar nada por ejercer el derecho de desistimiento dentro del plazo de 14 días naturales. Además el artículo 76 dice que no se podrán retener al consumidor gastos:
Artículo 73. Gastos vinculados al desistimiento.
El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor y usuario.
A estos efectos se considerará lugar de cumplimiento el lugar donde el consumidor y usuario haya recibido la prestación.
Pero, ojo, porque las tiendas online te cobrarán (no te devuelven) el importe de la recogida del producto que devuelvas si no lo entregas en una de sus tiendas presencialmente o te encargas de hacérselo llegar tú por tus propios medios.
Y si no pagaste gastos de envío en la ida, te los retendrán de la suma a reembolsar (párrafo 2 del art. 108), salvo que compraras algo muy voluminoso en una presentación comercial fuera de la tienda del vendedor:
El consumidor y usuario sólo soportará los costes directos de devolución de los bienes, salvo si el empresario ha aceptado asumirlos o no le ha informado de que le corresponde asumir esos costes.
En el caso de contratos celebrados fuera del establecimiento en los que los bienes se hayan entregado ya en el domicilio del consumidor y usuario en el momento de celebrarse el contrato, el empresario recogerá a su propio cargo los bienes cuando, por la naturaleza de los mismos, no puedan devolverse por correo.
También te retendrán el exceso de cualquier medio de entrega express, más caro que la entrega estándar (art 107.2):
… en caso de que el consumidor y usuario haya seleccionado expresamente una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales que de ello se deriven
Devolución del dinero en 14 días
En cuanto al plazo legal para que el vendedor te reembolse tu dinero una vez desistida la compra, la ley dice que será «sin demoras». Y que computará desde que se lo comuniques al vendedor.
Pero, la mayoría de las veces, la realidad es que no comenzará a contar hasta que le llegue tu compra de vuelta y examine su estado (art. 107.3):
3. Salvo en caso de que el empresario se haya ofrecido a recoger él mismo los bienes, en los contratos de venta, el empresario podrá retener el reembolso hasta haber recibido los bienes, o hasta que el consumidor y usuario haya presentado una prueba de la devolución de los bienes, según qué condición se cumpla primero
Ojo a este respecto, porque, que se pueda desistir de un producto contratado no quiere decir que se pueda devolver de cualquier manera a su vendedor.
Si queremos volver a ver nuestro dinero de vuelta en el banco, hay que seguir las instrucciones y procedimientos que nos indique el comerciante y devolver la cosa en perfecto estado.
Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos.
La devolución de estas sumas deberá efectuarse sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato por el consumidor y usuario.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.
El 107 viene a incidir en lo mismo, pero pensando en las compras online:
Artículo 107. Obligaciones y derechos del empresario en caso de desistimiento.
1. El empresario reembolsará todo pago recibido del consumidor y usuario, incluidos, en su caso, los costes de entrega, sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato del consumidor y usuario de conformidad con el artículo 106.
En el mismo medio de pago original (por transferencia a nuestra cuenta si pagamos por transferencia o contra-reembolso):
El empresario deberá efectuar el reembolso a que se refiere el primer párrafo utilizando el mismo medio de pago empleado por el consumidor para la transacción inicial, a no ser que el consumidor haya dispuesto expresamente lo contrario y siempre y cuando el consumidor no incurra en ningún gasto como consecuencia del reembolso.
Desistimiento cuando hay financiación
En cuanto al desistimiento cuando se haya financiado con un crédito la compra del producto o servicio:
Artículo 77. Desistimiento de un contrato vinculado a financiación al consumidor y usuario.
Cuando se ejercite el derecho de desistimiento en los contratos celebrados entre un empresario y un consumidor y usuario, incluidos los contratos a distancia y los celebrados fuera del establecimiento mercantil del empresario, y el precio a abonar por el consumidor y usuario haya sido total o parcialmente financiado mediante un crédito concedido por el empresario contratante o por parte de un tercero, previo acuerdo de éste con el empresario contratante, el ejercicio del derecho de desistimiento implicará al tiempo la resolución del crédito sin penalización alguna para el consumidor y usuario.
Obligaciones del consumidor
El consumidor que ejerza este derecho tiene una serie de obligaciones del art 108 como devolver cuanto antes el producto,
Artículo 108. Obligaciones y responsabilidad del consumidor y usuario en caso de desistimiento.
1. Salvo si el propio empresario se ofrece a recoger los bienes, el consumidor y usuario deberá devolverlos o entregarlos al empresario, o a una persona autorizada por el empresario a recibirlos, sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, a más tardar en el plazo de 14 días naturales a partir de la fecha en que comunique su decisión de desistimiento del contrato al empresario, de conformidad con el artículo 106.
Se considerará cumplido el plazo si el consumidor y usuario efectúa la devolución de los bienes antes de que haya concluido el plazo de 14 días naturales.
En caso de servicios digitales:
3. En caso de desistimiento del contrato, el consumidor o usuario se abstendrá de utilizar el contenido o servicio digital y de ponerlo a disposición de terceros
Desistimiento en Amazon
Vamos a ver el ejemplo de la mayor tienda online en España, Amazon, respecto al desistimiento. En su página «Nuestra política de devoluciones«, Amazon indica que:
- La política de devolución de Amazon te permite devolver los productos en caso de que no quedes satisfecho con tu compra hasta 30 días desde la fecha de recepción del producto.
- Los productos deben ser devueltos en el mismo estado en el que los recibiste. Por lo tanto, los productos nuevos deben ser devueltos nuevos, sin usar y completos.
- Los siguientes productos no pueden ser devueltos salvo en caso de productos defectuosos:
- Productos que no permitan su devolución debido a razones higiénicas o de protección de la salud si ha sido desprecintado por ti tras su entrega (por ejemplo productos cosméticos), o que estuvieran, tras su entrega, inseparablemente mezclados con otros productos;
- Productos que puedan deteriorarse o caducar con rapidez (por ejemplo alimentos o productos perecederos o sometidos a fecha de caducidad);
- Grabaciones sonoras o de video precintadas o software sellado si los mismos fueran desprecintados por ti tras su entrega;
- Bienes realizados según sus especificaciones o claramente personalizados, incluidos específicamente los productos de Amazon Handmade;
- Un servicio de Amazon si se hubiera prestado y hubieras aceptado su prestación cuando solicitaste el servicio
- Contenido digital (incluyendo apps, software digital e-books, MP3, etc.) que no hubiera sido entregado en un soporte material (es decir, no contenidos en soportes como CD o DVD) si hubieras consentido la ejecución en el momento de la entrega y sin que resulte posible su desistimiento desde dicho momento
- Prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas con la excepción de contratos de suscripción; y;
- Bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento en que realizaste el pedido y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real de dependa de fluctuaciones en el mercado que no podamos controlar.
Normativa que regula el derecho de desistimiento
Estas normas regula el derecho de desistimiento en la Unión Europea y España (las españolas usan una redacción prácticamente similar salvo por el detalle en el que entra la más reciente):
Estatal
- Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (ver online).
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (artículos 68 al 79, 102 al 108) (Ver online).
- Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (artículos 44 y 45 están derogados por la Ley 3/2014), modificada por la Ley 47/2002 de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias.
Europea
- Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Código Civil
Por su parte, el Código Civil dice que:
Artículo 1303
Declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses, salvo lo que se dispone en los artículos siguientes.
Y
Artículo 1308
Mientras uno de los contratantes no realice la devolución de aquello a que en virtud de la declaración de nulidad esté obligado, no puede el otro ser compelido a cumplir por su parte lo que le incumba.
Colombia
En Colombia, el derecho de retracto es de 5 días naturales desde la recepción de la compra o servicio.
Recuerda que
Como comprador a distancia tienes la facultad legal de, tomada una decisión de compra, resolver unilateralmente ese contrato, devolviendo la cosa o el servicio, sin tener que alegar nada.
Guía gratis sobre el desistimiento
Descarga aquí tu Guía completa sobre el derecho de desistimiento, por Juan del Real, experto en Consumo.
Hola, hace 3 meses pagué por internet un curso presencial de NSCA pero a 15 días una de las fechas ha sido modificada. He entrado en su web para leer las posibilades de desistimiento e indca que solo se podrá realizar con 10 días de antelación previas al curso (el día 6 comienza) y que no se devolverá un 10% del importe pagado en caso de ejercer este derecho. Es esto legal o deben ceñirse a la ley 3/2014?
Hola, he ido a una tienda yo personalmente a contratar dos servicios de ADSL y ahora después de menos de 7 dias quiero desistir los dos contratos y me dicen que por haberlo hecho en tienda que no es posible.
Tienen que hacerlo por ley??? Necesito respuesta rápida….. Muchísimas gracias!!!!!!!!!!!!!!
Esther, cuando contratas de forma presencial en principio no se aplica el desistimiento. Sí se aplica si contratas a distancia (por teléfono o Internet)
Vale, muchas gracias !!
Buenos días
No me queda claro si la necesidad de una cláusula de desistimiento es obligatoria para un contrato de exclusividad de una inmobiliaria, en el que un particular cede la gestión de la venta de su vivienda a una inmobiliaria en exclusiva.
Aunque en este artículo se habla de que es para el caso de las ventas a distancia (las celebradas sin la presencia física simultánea del comprador y del vendedor, especialmente por teléfono, catálogo o internet), pero no encuentro dónde dice eso ni en el RD 1/2007 ni en la Ley 7/1996 (con la redacción actual de ambas)
¿Me podrían decir en dónde se acota el derecho de desistimiento para ese tipo de ventas? O si, por el contrario, afecta a todo tipo de ventas y, específicamente, al contrato de exclusividad inmobiliario que mencioné al principio. Muchas gracias.
Saludos
Estimado Sr. Del Real, ¿me podría responder a mi cuestión? Muchas gracias
Hola Francisco, no soy abogado ni me siento obligado a asesorar a nadie. Ante su insistencia, decirle que a mi entender, el desistimiento es obligatorio en contratos a distancia y fuera del establecimiento mercantil, pero no sé si hay alguna norma que obligue o no a ello en otros contratos como el de agencia para la venta de un inmueble. Yo entiendo que no, ya que es un contrato presencial, pero eso no quita para que prime la libre contratación entre las partes (artículo Artículo 1255 del Código Civil:
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público».)
Respecto al derecho de desistimiento, en la Directiva 2011/83/UE del PE y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
En el punto 40 dice que:
«Las actuales diferencias en los plazos de desistimiento en función de los Estados miembros y en lo que respecta a los contratos a distancia y los contratos celebrados fuera del establecimiento generan inseguridad jurídica y costes de cumplimiento. Debe aplicarse el mismo plazo de desistimiento a todos los contratos a distancia y a los contratos celebrados fuera del establecimiento.
En el caso de los contratos de servicios, el plazo de desistimiento debe expirar a los 14 días de la celebración del contrato. En el caso de los contratos de venta, el período de desistimiento debe expirar a los 14 días del día en que que el consumidor o un tercero distinto del transportista e indicado por el consumidor haya adquirido posesión material de los bienes.
Además, el consumidor debe poder ejercer el derecho de desistimiento antes de entrar en posesión material de los bienes. Cuando el consumidor encarga múltiples bienes en un solo pedido, pero dichos bienes se entregan por separado, el plazo de desistimiento debe expirar a los 14 días del día en que el consumidor adquiera la posesión material del último bien. Cuando los bienes se entregan en diferentes lotes o partes, el plazo de desistimiento debe expirar a los 14 días del día en que el consumidor adquiera la posesión material del último lote o de la última parte.»
https://www.boe.es/doue/2011/304/L00064-00088.pdf
No sé si esto contesta a su pregunta.
Estimado señor Del Real, ante todo muchas gracias por su respuesta.
Le comento que insistí en mi cuestión pues me pareció que podría ser que no la hubiese visto, al haberse puesto otro comentario el mismo día después del mío. Si no se sentía capacitado para contestarme, o simplemente no deseaba hacerlo, era tan fácil como haberlo dicho así, en ningún momento le exigí nada.
De todas formas, le reitero mi agradecimiento por su respuesta.
Saludos cordiales.
Gracias Francisco, un saludo
Hola hace una semana pague a un diseñador web freelance 125€ como anticipo para que me hiciera una tienda online. El total del pago eran 250€ y el acuerdo verbal era la mitad por adelantado y la otra mitad al terminar la tienda online y entregarmela. Ahora resulta que no quiere seguir haciéndola porque no le gusta que le diga como quiero mi tienda y me dijo que cancelaba la web y me devolvía mi dinero pero mi sorpresa es que me dice que solo me devuelve 70€ de esos 125€ que le pague de adelanto porque tuvo que pagar el dominio y el hosting. Un dominio que ni siquiera se donde lo a comprado ni tengo claves de acceso y ni me quiere enviar pruebas de que lo haya comprado a mi nombre. Yo le hice el pago a través de PayPal?. De momento no me a pagado ninguna cantidad porque yo no he aceptado esa cantidad ya que me parece una estafa y más aún cuando el que a decidido cancelar el trabajo a sido el? Que puedo hacer y donde puedo denunciar esto?. Muchas gracias
Hola Javier, en cualquier trabajo profesional, depositas tu confianza en una persona a la que no conoces y que puede no encajar con tu forma de pensar o de trabajar y estas cosas pasan. Tú tienes derecho a retirarle su confianza, pero él también, como parece el caso.
En este caso, de entrada te digo que pretender hacer una tienda online por 250 euros (me dedico a estas cosas desde hace 17 años), me parece muy ajustado ya de entrada como para poder exigir mucho a cambio. Un proyecto web de tienda online «casera» te puede costar muchísimo más, bien hecho. Por lo tanto me da la impresión de que en este caso hay una diferencia entre tus expectativas y lo que se puede hacer online con 250 euros.
Lo más probable es que simplemente te haya contratado un servicio de tienda online «ya prefabricada» en empresas como Wix, Arsys, 1 and 1, etc. (suelen ofrecerte «plantillas» con distintos diseños, un gestor de contenidos para que subas los textos y fichas de producto y el alojamiento en sus servidores de la página todo por una cuota anual que ronda los 50-100 euros) y comprado un dominio que rondará los 5 a 20 euros.
Por tanto, yo creo que él habrá desembolsado ya dinero en alguna de estas empresas aparte de su tiempo dedicado a ti y tendrá las claves que te podrá pasar. Los dominios también se traspasan.
Yo llegaría a un acuerdo por el cual te entrega las claves del «hosting» y te trasfiere el dominio y en paz, se queda con la diferencia de «55 euros». Hombre, piensa que por lo menos te habrá dedicado tres o cuatro horas a pensar y trabajar en tu proyecto, con lo cual, si su coste hora es de 30 euros, por ejemplo, te habrá dedicado entre 90 y 120 euros.
Siempre es mejor ir por las buenas cuando te tienen «amarrado». Intenta que te pase las claves del hosting y que te transfiera el dominio y en paz. hazme caso!!
Un saludo
Hola muchas gracias por tu ayuda. El no a contratado ningún tipo de hosting con plantillas prefabricadas porque yo me hice hace tiempo una tienda online con ese tipo de plantillas y nada que ver. Esto lo estaba haciendo el a mano. De hecho no llego a hacer ni la página de inicio ni creo que haya pagado nada. Además el ni me dado claves ningunas ni me a dicho nada de transparente el dominio. De hecho el dominio ni siquiera lo registro con mi nombre y apellidos. Solo puso Javier. y en cuanto a horas a esa pagina no le a dedicado ni media hora porque si te enseñará lo que me hizo a ti como profesional de ello te daría hasta vergüenza ver un trabajo así. Este hombre no es profesional ni es nada. Solo está intentando estafarme mi dinero. De hecho el me cobraba ese dinero pero solo me iba a poner en la tienda 50 artículos y el resto lo tenía que poner yo a mano, asique tampoco era nada tan barato y más aún cuando ni siquiera sabe poner el acuerdo legal de la tienda. Pero bueno mi pregunta era si esto incumple el derecho de desistimiento y si es denunciable. Muchas gracias y un saludo
Buenos días!
Necesito ayuda… hace 2 semanas realice un pago en Efectivo en una academia de 1600€ para realizar un curso… me dijeron q en 10 días recibiría material y empezaría las clases y no ha sido así, cuál ha sido mi sorpresa que encima no corresponde el curso con la explicación del comercial, estoy muy disgustada y ayer fui a la escuela y rellene un formulario para solicitar la devolución de mi dinero e informando de que no quiero hacer el curso. Aún no he empezado. Qué margen legal tengo de q me devuelvan el dinero?? No he disfrutado de ningún servicio… ni he recibido material. Se pueden negar? O temo derecho a desistir? Por favor estoy muy preocupada.
Gracias y saludos
Buenos días Lola
Ante estas situaciones, lo primero calma. Analiza cómo de solvente es la academia a la que le has confiado tu dinero (adelantar 1.600 euros me parece un acto de fe enorme si la academia no tuviera «buena pinta», así que entiendo que de entrada te pareció seria. Entiendo que como poco, tienes un justificante del adelanto que has hecho, y del concepto (el «para qué»).
Lo segundo, es que te tienen que haber dado un contrato o precontrato donde se especifique por qué adelantas ese dinero, qué servicios incluye como contraprestación, a que se compromete la academia y a qué te comprometes tú, y cuales son las condiciones por las que se puede suspender el curso y qué derechos genera para ti.
¿Qué te dijeron cuando has solicitado la devolución?
Dime en qué ciudad estás a ver qué recurso podemos encontrar para que te eche una mano. Y si tienes el pre-contrato o contrato y los datos de la academia pásamelos al mail de contacto de Consumoteca, y te doy una valoración rápida.
Calma!
Hola! Estoy en una situación muy muy parecida he adelantado el total también en una academia y no es lo que esperaba ( es una academia en Madrid) y sin embargo atrás del contrato ahora leo que por ninguna causa me devolverían el dinero, no ha pasado ni siquiera una semana, y puesto que no me gusta el método de enseñanza..
tendría derecho a devolución?
Paula, no porque en un papel diga que no se devuelve el dinero, a los 10 días, sin apenas haber empezado no puedes echarte para atrás. Puede ser una cláusula descompensada en tu contra.
Te recomiendo lo negocies con ellos. Puede que te quieran penalizar pero no asumas que te tienes que «comer» una formación que no deseas. Deja constancia por escrito en una hoja de reclamaciones de que no deseas el curso e intenta ante todo negociar por la vía pacífica.
Si no te hacen caso tendrás que plantearte recurrir a una mediación o el arbitraje de consumo.
Te pego enlaces prácticos
https://www.consumoteca.com/reclamaciones/arbitraje-de-consumo/
Suerte. Cuéntanos cómo acaba esta historia, que seguro que te irá bien.
Muchísimas gracias!
Al final todo salió bien :) (si no contamos con la parte en la que vienen todo el mundo para que no te vayas y pasas dos horas diciendo que no)
Muchísimas gracias, me habéis ayudado muchísimo!
Cómo nos alegramos Paula, ¡adelante!
Hola, me ha gustado mucho leer sobre este tema.
Pero tengo una duda. Yo vendo por internet, y en la mayoría de mis ventas, ofrezco los gastos de envío gratis, asumiendo dicho coste y reduciendo las ganancias de dicha venta.
Si un cliente decide devolverme la compra y yo le he regalado los gastos de envío, lo justo sería que al devolverle el importe pagado, descontarle esos gastos que me ha producido realizar dicho envío, pues ese servicio se ha realizado correctamente.
Es decir, si me paga 30€ y yo he pagado 7€ en el transporte, devolverle 23€.
¿Esto sería correcto?
Muchas gracias de antemano.
Hola Toni
La ley dice que el derecho de desistimiento es gratuito, y sin penalización pero en todos los comercios electrónicos el cliente debería enviar la cosa devuelta al almacén por su cuenta, coste y riesgo, o bien, aceptar que sea el comercio quien se lo recoja, asumiendo los gastos de envío de la devolución que pueden ser diferentes de los de envío (o que el importe devuelto no incluya los gastos originales de envío)
Yo lo veo así. Mientras esto se advierta bien en las condiciones generales de contratación, es aceptable (es práctica común en comercio electrónico), y aceptado por el cliente a la hora de comprar.
Hola Buenos Dias, Queria preguntaros porque hace unos meses contrate un servicio movil en el que no fue del todo como yo queria y al 4º dia de la contratación desisti del servicio ya que no era lo esperado. Cuando llamé para desistir del servicio me pidieron que mediante una grabacion diera de baja al servicio y con eso esta finalizado.
A los meses me llega una penalizacion de 350€ porque al parecer no he desistido. Me dicen que esa penalización es por los gastos de instalación y que aunque desista eso tengo que pagarlo. En que llevan razón y en que no? Espero vuestra ayuda
Hola Alberto
Tienes que intentar conseguir por un lado el contrato que te vinculaba con la compañía de móviles para leerlo en detalle y ver si había desistimiento y cómo se debía ejercer. Luego pedirles la grabación de la llamada donde pedías el desistimiento (mejor si te acuerdas al menos del día en que la pediste). Por último reclamar ante el operador por escrito para que te expliquen por qué te han cobrado esa penalización (en concepto de qué).
Si no te dan solución te recomendamos reclamar antes la Oficina de Usuarios de Telecomunicaciones
http://www.usuariosteleco.gob.es/reclamaciones/Paginas/reclamaciones.aspx
Poeta Joan Maragall nº 41
28071 Madrid
Teléfonos: 911 81 40 45 / 901 33 66 99
Hola, qué tal.
Tras leer su interesante artículo, me ha surgido una duda acerca de lo que engloba el concepto «venta a distancia»
Tengo un comercio minorista sin venta por catálogo ni por web. El 99% de las ventas se realizan en el mostrador, pero en alguna ocasión, algún cliente que ya nos conoce pero vive en otra ciudad, nos pide algo a través del teléfono.
Si un cliente nos pide por este medio un producto que, aunque se lo podemos conseguir, no nos interesa tener en stock, por dimensiones, precio u otros motivos, ¿estamos obligados a quedarnos ese producto si al recibirlo cambia de idea?¿Eso se considera venta a distancia? Nos puede causar un perjuicio importante ese cambio de opinión, teniendo en cuenta que es un producto pedido por encargo, no a medida, pero si en exclusiva para ese cliente…
Muchas gracias.
Hola Lager
La venta telefónica o por catálogo o por Internet se considera «a distancia» porque «se realiza sin la presencia física simultánea del comprador y el vendedor. La oferta y la aceptación de la compra se realiza exclusivamente a través de una comunicación a distancia y de un sistema de contratación a distancia organizado por el vendedor.». Por tanto tiene reconocido el derecho de desistimiento de la ley.
En tu caso se trata de vender un % muy reducido de referencias pero no puedes asumir quedarte con unidades devueltas en stock. ¿Por que no hablas con tu proveedor mayorista y le propones trabajar un surtido online o a distancia bajo la formula del «drop-shipping». Esto quiere decir que tú ofrecerás un catálogo web-teléfono más amplio que el de tu tienda física, y conseguirás los pedidos (cóbralos tú mejor). Caído y cobrado un pedido el mayorista se encarga de entregarlo pero también de recogerlo de ti o de tu cliente, si se produce un desistimiento.
Esa es mi sugerencia
Juan
Hola Juan,
Gracias por tu respuesta.
Lo que me planteas es un modelo de negocio diferente. Lo intentaría si me planteara abarcar la venta online. Pero en estos momentos somos simplemente una tienda física. Normalmente cuando un cliente te hace un encargo particular de un producto que ni sueles ni quieres tener en la tienda, se entiende que es un pedido en firme, una decisión responsable por parte del cliente que previamente ha solicitado tanta información como ha necesitado.
Entiendo que un cambio de opinión no debería desembocar en un perjuicio para mi si entrego el producto en plazo y en perfectas condiciones.
Sé que no estoy obligado a admitir una devolución si yo no ofrezco esta opción, pero ahí entra el tema de la venta «a distancia»
Un cliente que ha estado en la tienda física, toma la decisión de compra en su casa y nos pide por teléfono que le pidamos un producto por encargo.
Paga por transferencia y al recibirlo, cambia de idea.
Quedarme con ese producto me causa un importante perjuicio. ¿Estoy obligado por haber aceptado el pedido por teléfono a quedármelo?
Gracias de nuevo.
Un saludo.
Pues entonces plantea a tu cliente lo siguiente: no dispongo ahora de lo que pides pero si me dejas una señal te lo consigo, «pero no lo puedo devolver, así que si lo pido te lo tendrás que quedar». Una vez el producto en la tienda, le avisas y te lo compra presencialmente. En este caso, no estás obligado por ley a ofrecer desistimiento.
Hola, he comprado un curso financiado, con una duración de pago de dos años, pero luego de 3 meses, creo no poder hacerlo por motivos personales. Son 4000€, quiero saber si luego de este tiempo puedo desistir. La vendedora me dice que debió ser a los 14 días. Existe alguna forma de revocarlo?
Buenas tardes, el día 27 de julio, mi madre firmó un contrato con Idental, pero dentro de esos 14 días naturales, 8 de agosto, nos encontrábamos fuera de Valencia y llamamos para desistir del contrato pero nos decían que era personal y nosotros le comunicamos que lo estábamos en Valencia me dijeron que nos devolverían la llamada para informarnos, pero nunca la recibimos.
La clínica solo abre de lunes a viernes, sábados y domingos cierran. Y me informaron que solo se puede hacer personalmente.
Y por fin el día 17 de agosto hemos ido personalmente y nos dicen que tenemos que demostrar motivos para desistir del contrato, porque es cuando hemos llegado a valencia. Habría alguna solucion.
Hola Dani
No aclaras en tu comentario si tu madre contrató presencialmente o por Internet (tiene más pinta lo primero a la vista de la web de iDental donde no veo forma de contratar online ni condiciones generales de contratación). Si se hizo presencialmente la ley no les obliga a asegurar un período de desistimiento. Toma el contrato que firmara tu madre y lee las condiciones generales y particulares de lo que contrató y firmó ella.
Un saludo
Juan
Buenas tardes, en febrero contraté online una póliza de seguro dental con asisa. 20 días después formalicé la baja de esta póliza. de la que no recibí acuse de recibo, ni de conformidad, lo que me llevó a pensar que todo estaba correcto. 6 meses después recibo una carta indicando que debo 6 recibos del contrato, al llamarles para comunicarles que solicité la baja de la póliza, me indican que si, que lo han hecho, pero, para 31-12-2017, durante todo este tiempo no he hecho uso de ninguno de los servicios. ¿Debo pagar el año completo, aun solicitando la baja? Gracias.
Hola José Antonio
Todos los seguros contratados a distancia tienen 14 días de desistimiento. Lee esto
https://www.dgsfp.mineco.es/Gaspar/SEvencimientoResolucion.asp
Se reconoce a los tomadores el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna siempre que la voluntad de desistir se envíe al asegurador, en papel u otro soporte duradero, en un plazo de 14 días (no vida) o 30 días (vida), a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior.
Parece que tú reclamaste la baja el día 20 con lo cual estarías fuera de plazo. Yo que tú hablaría con la aseguradora e intentaría «congelar» el resto de la prima no disfrutada hasta la anualidad o modificar las coberturas para que te den un servicio y una cobertura que te pueda interesar.
Un saludo
Juan
Hola buen día, tengo una inquietud, espero me puedan colaborar: Realice un acuerdo verbal solicitando los servicios profesionales de un arquitecto, el cual dentro de sus servicios estaba contemplado: la revisión de unos planos que ya tenia, seguimiento y asesoría en la construcción de mi casa. Hace aproximadamente cinco meses le di un anticipo del 50% de lo acordado. Pero por cuestiones personales no pude iniciar la obra. Solo me realizo unas visitas al lote. Tengo derecho a desestimiento del acuerdo verbal y solicitar la devolución del anticipo?
Debo aclarar que fui yo quien busque al arquitecto.
Hola Marc
No dices en qué país te encuentras. Al ser todo un acuerdo verbal, lo que mas te interesa es entenderte con el arquitecto de la mejor manera y para ello yo intentaría hablar con él, explicarle tu situación y por qué el proyecto está parado ahora y pedirle que te «facture» las tareas que se realizaron segun sus honorarios y que te devuelva el resto ya que, por causas ajenas a tu voluntad no podrás hacer el trabajo ahora.
Los arquitectos en España son profesionales colegiados y te podrías dirigir al Colegio para quejarte en caso de que no se avenga a devolverte la parte del trato que no haya realizado, más allá de sus honorarios por las tareas sí realizadas
Un saludo
Buenas tardes,me gustaria saber si teniendo ya contratado un seguro desde hace 2 años de responsabilidad civil,al hacer la renovación anual tengo tambien derecho a desistimiento ,desde que se me pasa el recibo por banco?muchas gracias,un saludo
Hola Martha,
En los contratos de seguro celebrados a distancia (teléfono, Internet etc), el tomador del seguro persona física dispone de un plazo de catorce días naturales, desde la celebración del contrato o desde la recepción de las condiciones e información contractuales, si es posterior, para desistir del mismo, sin penalización alguna, siempre que no se haya producido un siniestro.
Si has contratado online podrías, pero dentro de los primeros 14 meses. Lo más recomendable es que te pongas en contacto con la aseguradora o con tu mediador (agente o corredor) y les consultes. Tal vez no te permitan desistir pero sí darte mejores condiciones si quieres marcharte (mejor prima, o misma prima con mayores coberturas).
Un saludo
Juan
Buenas tardes, he comprado una pieza de recambio de un frigorifico Whirlpool, valorada en 142€. Despues de comprarla he valorado comprar uno nuevo. He ido al servicio tecnico que he comprado la pieza y no aceptan la devolución. Mi pregunta es ¿Existe el derecho de desistimiento en las piezas de recambio en un servicio tecnico oficial? Gracias
Hola Juan
Si has comprado a distancia yo entiendo que si. Si has comprado presencialmente recuerda que no están obligados aunque ya podrían aceptarte la devolución si está todo en su embalaje original y presentas el tique o factura, porque tú con esa pieza puedes hacer bien poco.
Gracias por la rapidez. La compra fue presencial, y la negativa es del servicio tecnico y de la marca. Por su respuesta entiendo que no conseguiría nada haciendo una reclamación a la OMIC de mi ciudad.
Saludos y gracias
Yo entiendo que no. Lee este si tienes un rato
https://www.consumoteca.com/comercio/plazo-para-devolver-un-producto/
Buenos días, hace 3 días compré entradas para un evento deportivo que se celebra en noviembre, en el momento del pago la suma era una cantidad muy inferior a la que finalmente me cobraron. Debido a esto quise devolverlas pero la web no acepta devoluciones, leyendo por internet sobre el derecho de desistimiento no veo razón alguna para no poder ejercerlo, es por esto que al día siguiente de realizar la compra redacté y envié por email una carta de desistimiento de compra. Hoy la web ha procedido al cobro de la suma y no he recibido ni una respuesta automática de su correo ni ningún signo de haber recibido mi carta de desistimiento.
¿Cuál es el siguiente paso si la web no da señales de vida?
Gracias de antemano.
Hola Javier
Lo primero que tienes que hacer es leerte las condiciones generales de contratación de la web (no dices cual es). Busca el apartado de desisitimieno, devoluciones, cancelaciones o similar. Mira a ver qué dice al respecto y si menciona alguna norma. Luego léete la norma (la tienes al pie de este mismo artículo) y mira a ver qué dice, ya que el desistimiento no se aplica por ley a determinados artículos a medida, bajo pedido etc.
https://www.consumoteca.com/consumo/derecho-de-desistimiento/
Hola, la web en cuestión es http://www.viagogo.es, el problema es que no encuentro información en su web, o bien no he sido capaz a encontrarlo o es que como ellos dicen en su sección de FAQ es que no permiten la devolución de las entradas (lo cual si existe el derecho de desistimiento no debería ser legal ¿no?).
Las entradas no son nominativas, con lo que no se trata de un artículo personalizado ni me parece que se encuentra entre las excepciones al derecho.
Gracias!
Si cacharreas llegas a las FAQS: lee esta:
¿Puedo cancelar o cambiar mi compra?
No es posible cancelar o cambiar entradas una vez se haya finalizado la compra ya que las compras son definitivas. Si no puedes hacer uso de las entradas que has comprado y aún queda tiempo antes del evento, te recomendamos que las pongas a la venta haciendo clic en el enlace «Vender» del evento para el que tienes entradas. Anunciaremos tus entradas en nuestra plataforma para encontrar a un nuevo comprador. Anunciar entradas que has comprado en nuestra página web es gratuito. A veces hay motivos por los cuales no podemos volver a poner a la venta tus entradas pero eso se debe a que la fecha del evento es demasiado próxima como para garantizar la entrega de las entradas al comprador o subirlas a la plataforma de forma segura.
Parece que se escudan en que la fecha del concierto es muy próxima. NO sé cuándo es el tuyo pero puedes tratar de venderlas.
Juan
Muchas gracias, esa parte ya la había leído, lo gracioso del asunto es que las entradas las compré el día que salieron a la venta (el lunes) y que son para el 18 de noviembre con lo que escudarse en que no hay tiempo es de risa.
Muchas gracias por la ayuda!!
Pues entonces no hay excusa. Yo que tú les escribía primero pidiendo la devolución (o que te argumenten por qué no se puede). Y si no hay «chicha» en su respuesta, pídeles hoja de reclamaciones. Verás cómo lo consigues Javier!
Yo también quiero ejercer mi derecho de desistimiento con unas entradas que compré en Viagogo. Aún estoy en el plazo. Les he escrito y ellos me dicen que según las leyes de los países en los que operan no tienen que devolverme nada pues yo acepté las condiciones de no devolución en el momento de ejecutar el pago. Voy a plantear una reclamación a través de Visa, pero no sé si tengo algo que hacer. ¿Son las leyes de un país contra las de otro? ¿qué ocurre en estos casos?
Hola he comprado un bolso en una tienda y me dicen que en periodo de rebajas no se devuelve el dinero me darian un vale, a pesar de que el articulo no estaba rebajado. ¿eso es legal?
Hola Nati,
En Rebajas no se rebajan nuestros derechos. Si el comercio aceptaba devoluciones en efectivo antes de Rebajas lo debe seguir haciendo.
Otra cosa que tienes que tener en cuenta es que si el producto no tiene desperfectos ni está dañado, el comercio en Rebajas o temporada normal, no está obligado a aceptar devoluciones. Si lo hace es como gesto comercial con sus clientes, así que si te da un vale por el importe de tu compra, yo lo veo justo.
Léete esto por favor:
https://www.consumoteca.com/comercio/esta-obligado-un-comercio-a-admitir-devoluciones/
Juan
Hola me apunté a un master a través de imf school pero mi novia y se ha qedado en paro y no puedo seguir pagandolo y ellos me dicen q no es razón suficiente xq es ajeno a mi. Mi novia vive conmigo puedo demostrarlo con empadronamiento y tengo q pagar todos los gastos y no me da para pagar el mes a ellos les da igual dicen q tengo q seguir pagando. Q puexo hacer?
Hola David, acabo de simular una contratación y me llama la atención que en el proceso de contratacion no te muestran antes de contratar las condiciones generales de contratación, lo cual me parece un defecto formal importante, ya que no cumplen con la normativa de contratación a distancia.
En cuanto al enlace al pie, dice «El alumno dispone de un plazo de catorce días naturales, contados desde la formalización de la matrícula, para desistir del contrato, con derecho al reintegro de las cantidades abonadas, mediante comunicación escrita a IMF Business School.» es decir, que respetan los 14 dias de desistimiento que marca la ley.
Luego dice que «Si el alumno abandona el curso contratado por causa de fuerza mayor debida y fehacientemente acreditada, deberá comunicarlo por escrito a IMF Business School.» y que «Si el alumno decide abandonar voluntariamente el curso contratado, éste no tendrá derecho a la devolución de los importes ya abonados, pudiendo IMF Business School reclamar el cumplimiento del contrato.»
Te aconsejo les escribas por burofax diciendo que no puedes pagar por causa mayor, incluyendo documentos del antes de tu novia en el paro y después, para que vean como tu situación ha empeorado y que te den una solución.
Si no contrata a un abogado que te defienda.
Suerte!
Hola juan me puedes indicar que enviarle alguna plantilla q haya para mandarla esq ellos me dicen que al ser mi novia es ajeno a mi y no es posible. Gracias
La verdad es que no tengo plantilla ni te puedo ayudar mucho más, pero es tan fácil como identificarte tú, decir lo que tenías contratado, por qué lo contrataste, y cómo ha cambiado tu situación en estos momentos como para tener que dejar el curso. Pídeles cancelar o al menos «congelar» el pago del curso hasta que soplen mejores vientos.
Te recomiendo contactes a algún abogado o una asociación de consumidores o vayas a la oficina municipal de información al consumidor de tu ayuntamiento OMIC, donde tal vez te ayuden con la redacción del escrito.
Suerte!
Hola muy buenas!
Tengo un problema con mi seguro de coche,
Me han renovado automáticamente el recibo del seguro de coche por un importe de 1200 euros en verti, mirando en otras compañías me sale un precio de 500€ es decir, nada más y nada menos que 700 euros menos.
De esto ha pasado un mes. Se que tengo 56 días para poder devolverlo un recibo al banco. Pero puedo tener alguna repercusión? Es que me parece un atraco y más teniendo dos coches en la misma compañia. Estoy hablando de un coche nuevo de 2015.
Puedo realizar el derecho de desestimiento si no me han enviado junto con la carta la información de poder anular dicha póliza?
Hola. Mi operadora de telefonía me impide mi ejercer mi derecho de desistimiento, expongo resumidamente mi situación:
Soy cliente de Jazztel desde hace bastantes años. Mi servicio de ADSL no me funcionaba corréctamente y decidí pasarme a la fibra óptica. De eso hace una semana, en la cual he comprobado que no me funciona tampoco corréctamente mi nuevo servicio internet, por lo que llevo una semana completa llamando varias veces al día, intentado solucionarlo y nada. El caso es que pensando que podría ejercer el derecho de desistimiento del consumidor, inicié el viernes una portabilidad a otra operadora.
Hasta ahí bien. El caso es que me acaba de llamar mi operadora actual ( Jazztel ) y me ha dicho que no puedo ejercer tal derecho y que tengo que pagar más de 300 euros de penalización, porque dicen que NO SOY CLIENTE NUEVO y que al hacer una «evolución» de un servicio a otro, no tengo derecho a desistir. Lo cual me parece absurdo, porque es un contrato diferente al que tenía, con con servicio y condiciones diferentes. Por lo que he cancelado la portablidad, asustado de que me cobren la penalización por la permanencia que tengo en mi nuevo contrato.
Si alguien puede que me informe sobre algo, si se ha visto en la misma solución o parecida.
Algún día los consumidores dejaremos de estar indefensos, o eso espero….
HOLA, HE FIRMADO UN CONTRATO DE TRASPASO Y OTRO DE ALQUILER POR UN LOCAL QUE ESTABA EN FUNCIONAMIENTO QUE EN PRINCIPIO ESTABA PARA ENTRAR A TRABAJAR EN EL, AL ENTRAR EN EL Y PONER LUZ HEMOS VISTO QUE EL LOCAL NO ESTA EN CONDICIONES PARA TRABAJAR EN EL, HACE UNA SEMANA QUE LO FIRME Y ENTREGUE EL DINERO ¿PUEDO ECHARME ATRAS? GRACIAS.
Hola, mi caso es un poco complejo, soy extranjera vivo en España y contraté un curso desde casa con campus training, el contrato con campus es bastante amplio y solo hasta el final de la hoja en letra menuda habla sobre los 14 días para la devolución, en ningún momento fui informada vía verbal sobre este proceso y no recibí una hoja aparte con especificaciones sobre dicho proceso, llevo dos meses en. Curso del curso solo he asistido una vez a tutoría por varios motivos personales, el material es pésimo para el tipo de formación de la que hablan, desde antes de iniciar les hice conocer que soy comunicadora y que me parecia bastante grave que las prácticas para un actor de doblaje fueran al final del curso ya que es un trabajo de práctica y así no se verían resultados, incluso después de dicho esto no me hicieron. Saber sobre la devolución, el caso es que no estoy dispuesta a pagar 2.000€ por u. Material de pésima calidad, que puedo hacer en este caso añadiendo a lo dicho me ha surgido una propuesta de empleo en mi país de origen y aunque me quisiera continuar no podría porque en mi país no tienen sede y si no haré uso de él pues no lo pagaré
Buenos dias, mi caso és bastante distinto
Contrate un curso de formación en una fundación universitaria y pagué la matricula. Al iniciar el curso, el primer día y presentarnos el programa fui consciente de que no se correspondía con la información ofrecida via web( La inscripción y matricula fue siempre online y la información también).Tampoco era adecuado para mi perfil profesional, aunque en la información online decía que sí).Estoy reclamando hace tiempo la devolución del importe al no corresponderse la información con la realidad y no hay manera. ¿Habría derecho de desistimiento?¿ El periodo de 14 días, se iniciaría cuando se inició el servicio?
Hola Anna, sin ser abogado, te aconsejo que si estás dentro de los 14 días naturales desde que pagaste o empezaste a disfrutar del curso y no te satisface, lo hagas saber al centro por escrito y mediante un burofax, de manera que quede constancia del plazo. Ojo que el desistimiento solo vale para contratación a distancia.
Aunque no tienes por qué dar explicaciones para desistir, si las das mejor ya que si ellos alegan que no procede o que el plazo expiró, al menos quedará constancia escrita de que el curso no está a la altura (entiendo que tienes fundamentado el por qué no se corresponde el curso con lo anunciado en la web). En función de lo que pase y del importe de la matrícula valora el asesoramiento de tu OMIC (pregunta en tu ayuntamiento por la oficina de información al consumidor), «negociar» con la Fundación algún tipo de acuerdo (devolución parcial o cambio de curso), o de un abogado que interponga pleito contra la fundación.
Hice una compra en women’secret a través de internet y cuando quise hacer la devolución me dicen que son 14 días y yo les mande el e-mail el día 15. Cuando me llego el paquete en su interior no venia el documento de devolución o desistimiento, escaneé uno anterior y lo modifique. ?Puedo exigirles que cumplan con el derecho de desistir el contrato por no haberme enviado dicho documento en el pedido?
Hola Izleka, la ley que se aplica hoy al desistimiento dice que si el empresario no ha incluido info sobre el desistimiento tienes 12 meses (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias):
Artículo 71. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.
1. El consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de catorce días naturales para ejercer el derecho de desistimiento.
2. Siempre que el empresario haya cumplido con el deber de información y documentación establecido en el artículo 69.1, el plazo a que se refiere el apartado anterior se computará desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración de éste si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.
3. Si el empresario no hubiera cumplido con el deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento, el plazo para su ejercicio finalizará doce meses después de la fecha de expiración del periodo de desistimiento inicial, a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera celebrado el contrato, si el objeto de éste fuera la prestación de servicios.
Si el deber de información y documentación se cumple durante el citado plazo de doce meses, el plazo legalmente previsto para el ejercicio del derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.
4. Para determinar la observancia del plazo para desistir se tendrá en cuenta la fecha de expedición de la declaración de desistimiento.
Te dejo el enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555
Buenos días, en mi caso, he firmado un contrato hace 2 meses de un curso de formación profesional, la verdad es que no estoy contento con la meteria, la plataforma online ect… y me gustaría rescindir el contrato. ¿Como tengo que hacerlo? ¿me pueden exigir el pago del curso completo?, lo estaba abonando mensualmente y son cerca de 5.000€. Gracias por su ayuda.
Hola Ignacio,
Si han pasado dos meses, no podrás alegar ejercer el derecho de «desistimiento» (que tendrías si hubieras contratado esta formación a distancia). En tu caso tendrás que leer el contrato firmado para ver qué dice y a qué se responsabiliza el ofertante. Sí podrías, sin embargo, analizar la calidad del contenido, si el servicio está disponible siempre, etc. Si verdaderamente hay fallos demostrables, podrías intentar usarlos para reclamarles la devolución del importe (al menos el correspondiente a la formación aún no recibida) o negociar un cambio por otro curso de su «cartera».
Buenos días, me gustaría que me ayudaran, ¿dónde puedo enviarles el contrato? No quiero los importes ya abonados, me gustaría saber qué obligaciones de pago tengo, si es que es así, y si puedo dar de baja el servicio, en las condiciones generales de contratación no pone absolutamente nada sobre esta cuestión.
Saludos
Buenas tardes, mi caso es un poco distinto…tenemos una empresa de venta y entra los artículos que comercializamos hay teléfonos móviles. Hasta la fecha no habíamos tenido problema pero un cliente quiere devolver un terminal acogiéndose al derecho de desistimiento, es cierto que está dentro del plazo de 14 días pero lo ha abierto y utilizado, eso devalúa muchísimo el producto y ahora pasaría de ser nuevo a «de segunda mano» con lo cual perdemos bastante por un cambio de opinión y no tenemos del todo claro si en estos casos la ley ampara únicamente al consumidor o podríamos hacer algo. Muchas gracias, saludos.
Hola, a mi modo de ver está bastante claro que el teléfono móvil está desprecintado, abierto, la batería usada, la tarjeta SIM del usuario en funcionamiento, un usuario creado en las principales cuentas de Android o Apple según sea el sistema operativo. El teléfono no estaría sujeto al desistimiento. Otra cosa es que estuviera estropeado, en cuyo caso habría que recurrir a la garantía legal, pero no se puede devolver alegando que existe desistimiento si se ha desprecintado y usado.
El comerciante, efectivamente, tendría que resetearlo, buscar embalajes nuevos y venderlo como de segunda mano.
Muchas gracias por tu respuesta.
Hola que tal, mi consulta es la siguiente:
Nos hemos dado de alta con la compañía telefónica Masmovil a una oferta de teléfono e internet. El alta fue una grabación telefónica que nos hicieron en donde respondimos «sí» a unas preguntas. Sin embargo, al día siguiente nuestro operador actual, Orange, nos hizo una contraoferta que nos parece mejor, y por tanto queremos permanecer con Orange y no cambiarnos. De este modo hemos llamado a Masmovil para cancelar el alta (han transcurrido tres días naturales), pero nos dicen que tenemos entonces que pagar 90 euros de gastos de gestión. Quería saber, si son tan amables si aplica en este caso el derecho de desistimiento sin penalización de ningún tipo, es decir, si tiene Masmovil derecho a cobrar esa cantidad.
Muchas gracias.
Hola Pedro Antonio
Lo mejor es que llames a la Oficina de Usuarios de Telecomunicaciones, 911 81 40 55 a ver qué te dicen:
http://www.usuariosteleco.gob.es/Paginas/Index.aspx
Un saludo
Hola, gracias por su respuesta. He llamado al telefono de la página web que usted facilita (911 81 40 45) y me han dicho que sí tienen derecho a cobrar esos gastos de gestión, que no tiene que ver con el derecho de desistimiento. Pero también nos dicen que esos gastos podrían ser excesivos, que si nos parecen excesivos y no hay acuerdo con Masmovil podemos reclamar en la propia web de la Oficina de Usuarios de Telecomunicaciones.
Me alegro Pedro Antonio, tu experiencia es buena para el resto de lectores de esto. No dudes en reclamar y en contarnos qué sale de esto. ¡Suerte!
Hola Pedro Antonio. Estoy actualmente en el mismo caso que tú con Másmovil.Quisiera saber si has resuelto de forma satisfactoria el cobro que nos quieren hacer por gastos de gestión tras cancelación y como lo has hecho.Gracias
hola María, pues no sé si por expresar nuestro enfado o por qué motivo pero Masmovil todavía no nos ha cobrado los 90 euros, no sé si los terminarán cobrando. En todo caso Orange nos dijo que si Masmovil nos cobra los 90 euros que ellos se hacen cargo de los gastos, enviándoles la factura y el movimiento bancario. O sea que no estamos preocupados ya en ese sentido.
Hola! finalmente como quedo el asunto ?? me encuentro justo en esa situacion….
Hola Inés. El 20 de marzo me pasaron a mi cuenta bancaria un recibo de masmóvil en concepto de penalización por gastos de cancelación,2 meses después,cuando incluso había olvidado este asunto. Puse una reclamación vía telefónica y solicite que me contestaran vía email y al día siguiente me contestaron, muy escuetamente, desde el departamento de facturación,que era correcta esa factura y que así figuraba en su página web. Ahora estoy pendiente de acudir a la web de la oficina de usuarios de telecomunicaciones.Saludos y suerte
BUENAS TARDES
COMPRE UN VEHICULO NUEVO EN UN CONCESIONARIO Y AL MOMENTO DE RECIBIRLO NOTE UN GOLPE POR LO CUAL LO RECHAZE, PORTERIORMENTE ME LLAMARON PARA QUE FUERA A RECIBIRLO ALUSIENDO QUE YA ESTABA BIEN Y CUANDO FUI NOTE QUE 2 PIEZAS HABIAN SIDO PINTADAS DE NUEVO Y MAL PINTADAS POR LO CUAL NO LO ACEPTE Y SOLICITE UNO NUEVO.
EL CONCESIONARIO NO QUIERE RESPONDER Y QUIERE ENTREGAR EL MISMO VEHICULO PINTADO 2 VECES EN EL TALLER.
QUE PUEDO HACER PARA HACER QUE ME DEVUELVAN EL DINERO Y DESHACER EL NEGOCIO
Buenas, firmé un contrato con una empresa que me ofrecía un aparato de osmosis y otro descalcificador a principios de octubre. A fecha de hoy aún no lo han suministrado. Pero he estado mirando y no estoy convencido de estas compras. El contrato que firmé indica que para desistir del mismo se aplica el plazo de 14 días desde el suministro y colocación. Firmé también un prestamo con una financiera para comprar este material. Mi duda es si yo no quiero que se me instale dicho material, entiendo que puedo desisitir sin instalación no? es decir que debo esperar a recibirlo (entiendo que no puedo hacerlo antes) e indicarles que no quiero que procedan a su instalación, todo ello sin incumplir el contrato firmado? o estoy obligado a que lo suministren e instalen para poder ejercer el derecho a desestimiento? la idea era enviar un burofax a la empresa y otro a la financiera, sería la forma correcta? Gracias por adelantado
No he mencionado que esos documentos no se firmaron ni en su empresa ni en casa, sino en una Feria. Gracias!
Hola, quisiera saber si cuando se hace una reserva de hotel por internet con una oferta no reembolsale, que no permite anulaciones, es decir que si anulo me cobran 100% de gastos, se puede acoger al derecho de desistimiento teniendo en cuenta que aun no ha pasado la fecha de entrada al hotel ni disfrutado del servicio..
Gracias
Buenos días, el pasado miércoles 5 de octubre di la señal a un carpintero para que me hiciera una cocina (700€) y me dijo que tardaría unas 6 semanas pero que hasta la semana quinta no empezaría con mi cocina. Dos días después (7 de octubre) lo llamé dado que mi banco me cobró unas comisiones y me dejó la cuenta a descubierto solicitando que me devolviera el importe dado que por fuerza mayor no puedo hacer frente a esas comisiones.
Mi pregunta es, tiene la obligación de devolverme la señal? en el recibo que me dio no viene nada y cuando he hablado con el me dice que nunca ha devuelto una señal.
Muchas gracias
Puedo rechazar un mueble a medida por tardar en entregar, es una cocina. Y ya me estan vacilando
Hola Verónica, en este caso no es un asunto de desistimiento (14 días naturales desde la compra a distancia), sino de lo que diga el contrato que tengas con el fabricante y lo que diga o le comprometa respecto de la fecha de entrega. Si no hay nada al respecto, dependerá de lo que hayas adelantado también pero siempre se podrá alegar que el plazo de fabricación está siendo desproporcionado frente a lo que te «vendieron» (o tal vez no).
Yo te recomiendo mandarles burofax para que te informen de la fecha de entrega y que te reservas el derecho a rescindir el contrato y reclamarles lo entregado a cuenta si no la cumplen.
Hola me ha parecido leer que ese derecho comienza desde la firma del albarán de entrega, cosa que no tengo ya que no me los han entregado. No se si desde el 14 de julio a hoy es mucho tiempo o no de fabricación.
Gracias
Buenas,
Me gustaria que me asesorarais sobre un problema que tengo con movistar sobre este tema del desistimiento. Os cuento la cronologia de lo que me ha pasado:
5/9 – Vienen a instalarme la fibra a casa, hasta ahi bien, solo que antes de irse el chico que vino a realizar la instalacion me da una especie de ticket en el que aparecen los datos de la instalacion y cual es mi sorpresa cuando veo que me han cambiado el numero de telefono fijo, asi por las buenas, cuando yo pregunte al chico que me hizo los tramites por telefono que si iba a tener los mismos numeros de telefono que tenia actualmente y me dijeron que si. Pero bueno, es el menor de los males, ya estaba hecho y el fijo me daba un poco igual que cambiaran el numero ya que lo que mas utilizo es el movil, que ese si que me lo dejaron con el mismo numero (curioso).
7/9 – ONO (donde tenia anteriormente contratado la fibra) me hace una oferta de casi 30 euros menos de lo que iba a pagar en movistar para que me quedara con ellos, como la oferta era irrechazable decidi seguir con ono y ejercer mi derecho de desistimiento con movistar. Como ya era muy tarde decidi llamar a movistar al dia siguiente para tramitar la baja.
8/9 – Llamo a movistar y me comentan que si doy de baja tengo que pagar 150 y pico euros por gastos de la instalacion, aun estando dentro del periodo de desistimiento (ya que me lo instalaron el dia 5 de septiembre) como me parecia algo abusivo me despedi de la operadora y llame a vodafone-ono para contarles lo ocurrido y que no me salia a cuenta pagar la penalizacion, entonces el operador de vodafone-ono me dijo que esto lo hacen las compañias para meter el miedo en el cuerpo a los clientes, y que movistar no podia cobrarme nada porque seria ilegal, y me dijo que buscara el articulo 44 y me lo leyera, para que viera que no pueden penalizar por eso, me puse a buscar informacion sobre ello por internet, encontrandome con el famoso articulo 44 y tras leerlo yo entiendo que si me penalizan por ejercer mi derecho de desistimiento movistar estaria haciendo algo ilegal, o eso es lo que yo entiendo leyendo el articulo y tambien lo que me conto el operador de vodafone-ono.
Me podriais decir quien de las 2 compañias tiene razon y que es lo que podria hacer? Gracias
Hola les pido por favor su asesoria para resolver el siguiente problema, resulta que compre un paquete vacacional por teléfono, lo compre a una agencia que promociona viajes en facebook, se llama Cancun todo incluido punto com. Me ofrecieron un paquete de 6 días en Cancun y un paquete adicional a Punta Cana, fue muy atractivo, le dije a la persona que me diera tiempo de revisar y consultar sobre la agencia de ellos, sobre el hotel que me estaba ofertando, pero me dijo que si no tomaba la promoción de inmediato la perdería, le pregunte que debía cumplir y me dijo que solo tener mas de 35 años, viajar con mi pareja y tener una tarjeta de crédito, pagar 499 dolares y luego otro valor adicional en el hotel de 85 dolares. Me pareció una buena promoción y pague con mi tarjeta de crédito.
Pero luego recibi un correo donde me envian un contrato con muchas exigencias, una que debo ganar 5000 USD al mes, que mi tarjeta quedara bloqueada en el hotel por 15,000 pesos mexicanos, que debo presentar dos tarjetas de crédito oro o plata, que debo presentar una certificación de que vivo en pareja pues no estoy casada y yo no cumplo con ninguna de estas solicitudes.
Me preocupa que nada de esto me lo dijeron al venderme y ahora ya no deseo viajar con esta empresa, por favor como hago para que me devuelvan mi dinero. Pues temo que saldrán con mas exigencias cuando uno llegue a Cancun y además uno debe asistir a un desayuno de 120 minutos, para escuchar una oferta de un resort y temo que nos obliguen a comprar. Ayúdenme por favor.
Hola Sandra
Depende de cuándo contraste el paquete vacacional y de si estás ya de viaje o no has salido aún. Al haberlo hecho por teléfono, es una venta a distancia y cuentas con 14 días naturales para ejercer tu derecho al desistimiento sin alegar nada. Para ello y en cualquier caso si ha pasado este plazo, escribe una carta a la agencia alegando que no disponías de toda la información necesaria para entender como consumidora de a pie qué estabas contratando, que en consecuencia deseas ejercer el derecho de desistimiento (o si ha pasado ya, el derecho a la cancelación del viaje) con la devolución de cualquier cantidad adelantada. Todo ello enviado a través del servicio de burofax de Correos.
Asesórate en la OMIC (oficina municipal del consumidor de tu ciudad)
https://www.consumoteca.com/consumo/que-es-oficina-municipal-de-informacion-al-consumidor-omic/
Un saludo
Juan
Gracias por su pronta respuesta, yo aun no viajo aun faltan dos meses apenas hace 9 dias que compre el paquete. Ya he enviado una carta a la empresa solicitando el desistimiento y el reintegro de mi dinero, Le informare que sucede.
En ese caso, si ya está avisada por burofax o similar la empresa, nada debe suceder, estas en tu derecho de cancelar la compra dentro del período de desistimiento, sin necesidad de alegar nada Sandra.
Hola ya envié la carta de desistimiento y me respondieron que ellos no reintegraban el dinero, que mas puedo hacer. hay alguna entidad en México donde pueda poner la demanda o que hago.
Gracias
Buenas tardes:
He comprado un dispositivo electrónico y en la factura pone que debido a la configuración personalizada que lleva no se admiten devoluciones.
¿Si el producto me lo han personalizado para que pueda utilizarlo mi padre puedo acogerme al desistimiento?
Roberto, recuerda que el derecho de desistimiento no se podrá ejercer (salvo por error o defecto en el producto o servicio contratado), en los siguientes supuestos previstos por el artículo 45 de la Ley de Comercio:
Y en general todos aquellos productos encargados a distancia que se realicen a nuestra medida: ropa, revelado fotográfico, etc., o que sean susceptibles de copia (libros, música, videojuegos, etc.).
Si el producto está hecho a la medida de las necesidades de tu padre, es personalizado
Un saludo
Buenas tardes,
¿Qué diferencia hay entre un desistimiento y una cancelación referido al caso concreto de los seguros de automóvil? En mi caso he contratado para que entre en vigor en septiembre y viendo que el seguro contiene menos coberturas de las que tengo actualmente, no quiero ese seguro, ¿es cancelación o desistimiento? ¿me pueden cobrar gastos de gestión?
Buenas tardes. Inicié una portabilidad a Jazztel y en menos de 24 horas la cancelé con una llamada telefónica, me piden 150 euros por gastos de gestión y me han llamado sus abogados amenazando con que si no lo pago de aquí a 3 días me incluyen en una lista de morosos y la cuantía ascenderá. He leído el artículo y supuestamente no lo pueden hacer, pero me dicen que no puedo demostrar que he cancelado la portabilidad porque no lo mandé por escrito. En ningún momento me mandaron el adsl ni me dieron de alta en Jazztel. La verdad es que no sé qué hacer.
Muchas gracias.
Todo dependerá del contrato que firmaste Esteban. Llama a la Oficina de usuarios de Telecomunicaciones en el 968 01 03 62 o en el 901 33 66 99
Aquí tienes la web
http://www.usuariosteleco.gob.es/Paginas/Index.aspx
ACEPTE UN DIPLOMADO VIA TELEFONO Y DESPUES DE UN DIA DESISTI Y AHORA ME QUIEREN PENALIZAR CON EL 10% DEL COSTO TOTAL DEL DIPLOMADO ESO ES NORMAL SE PUEDE APLICAR ESA PENALIDAD SOY DE AREQUIPA-PERU
Hola buenas mi duda es que el 8 de junio mi madre compro un colchon a un comercial y hoy a dia 11 de julio e visto el recibo y eran 3600 euros financiado a 62 euros al mes, una barbaridad claro mi madre no se entera muy bien y la engañarian para colarselo ,el caso es que han pasado los 14 dias que me dan para cancelarlo, podria hacer algo para cancelar la compra y devolver el colchon ? gracias ,un saludo.
Buenos días, si tu madre lo compró por catálogo, teléfono o internet, aplicaría el derecho de desistimiento de 14 días naturales desde la recepción. Si es el caso y ya expiró este plazo (y en cualquier caso, aunque la venta fuera presencial) yo me revisaría la documentación que le dieron con el contrato y el plan de financiación y reclamaría ante la empresa primero y después ante la OMIC de tu ayuntamiento alegando la escasa adaptación del contrato a la capacidad de una persona mayor para entender y ser consciente de lo que está firmando y a lo que se compromete con la firma. Hay muchas sentencias judiciales que dan la razón al consumidor cuando su capacidad para entender a lo que se compromete es menor de la complejidad del producto que están contratando. Suerte!
Gracias por la respuesta.
Hola,nos han instalado un aire acondicionado,día 4 de este mes,no estamos conforme con ese aire,ya que teniamos uno ya,y lo queriamos de las mismas caracteristicas,ya que es un local lo necesitamos bastante potente,y nos han instalado,una caja de cerillas.Podemos acojernos a ese derecho,y cómo se hace? Saludos cordiales
El desistimiento no procede si la contratación ha sido presencial. Si ha sido a distancia (teléfono, online, catálogo), procedería pero si la instalación está usada es difícil justificarlo. Nuestro consejo es llegar a un acuerdo de sustitución de las máquinas por otras más potentes con la empresa. Se debió pedir un presupuesto de la instalación en el que se sobreentiende se pidió una potencia determinada. Si eso se ha incumplido, se podría denunciar a consumo del ayuntamiento (Oficina Municipal de Información al Consumidor)
buenas tardes, se realizo un contrato para la compra de un apt, principalmente se pagaron dos cuotas para la cuota inicialó pero no podemos seguir, para desistir nos descuenta plata???
Buenos dias,
Mi padre ha comprado un telefono movil en una tienda pero en el ticket no aparece nada mas que la informacion de venta, nada sobre plazos de devolucion o desestimiento….
Lo compró el día 11 de Mayo, él fué esta semana a decir que no lo quería pero le han dicho que no se lo cambian ni devuelven.
¿Puedo ir a reclamarlo? O pedirle hojas de reclamaciones.
Gracias
Saludos
Hola María el ticket te vale como justificante de la compra, que no aclara si es online o en una tienda física. Si la compra es en tienda física, no les aplica la ley a efectos de desisistimiento, aunque la tienda seguro que da unos días para pensárselo. Lo que suele pasar a veces en la compra online es que pasados los 14 días naturales el aparato se estropea no te permiten devolverlo sino que se debe reparar. No sé en qué situación os encontráis.