Un contrato de adhesión es un contrato cuyas cláusulas las redacta una sola de las partes. La otra se limita tan sólo a aceptar o rechazar el contrato en su integridad.
La empresa que vende el bien o presta el servicio (el vendedor) ofrece el mismo a través de un contrato innegociable. Y el consumidor comprador debe elegir entre aceptar el bien con todas sus cláusulas o no hacerlo.
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Cláusulas no negociadas individualmente
Gracias a los contratos de adhesión, las grandes compañías (de servicios, suministros, bancos, etc.) y las administraciones públicas pueden celebrar contratos masivamente con miles de consumidores y usuarios.
Estas cláusulas no negociadas individualmente por cada consumidor, no por ello pueden ser descompensadas o incluso abusivas.
Cómo deben ser las cláusulas de un contrato de adhesión
La Ley dice que deben ser concretas, claras y sencillas en su redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato. Y a los que, en todo caso, deberá hacerse referencia expresa en el documento contractual.
Además, deben ser accesibles y legibles, de forma que permita al consumidor y usuario el conocimiento previo a la celebración del contrato sobre su existencia y contenido. En ningún caso se entenderá cumplido este requisito si el tamaño de la letra del contrato fuese inferior al milímetro y medio o el insuficiente contraste con el fondo hiciese dificultosa la lectura.
Por último, estas cláusulas no negociadas individualmente deben ajustarse a la buena fe y al justo equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, lo que en todo caso excluye la utilización de cláusulas abusivas.
La Ley de defensa de los consumidores vigente en España, de 2007* dice en su artículo 8 b), que uno de los «derechos básicos de los consumidores y usuarios» es la
«protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos«.
Además de ser consideradas «infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios» (artículo 49).
Ejemplo de contrato de adhesión
Un ejemplo de contrato de adhesión son los contratos de suministro de servicios públicos (energía eléctrica, agua corriente, gas, telefonía, etc.). O los contratos bancarios (contrato de préstamo hipotecario, de tarjeta de crédito, etc.) o los contratos de seguro.
El contrato de adhesión es legal, pero a fin de proteger al consumidor, que es la parte débil, se prohíben las cláusulas abusivas, que son nulas de pleno derecho, y las instituciones públicas vigilan la actuación de las empresas. En algunos casos, el Estado interviene para favorecer un equilibrio entre las partes.
Las cláusulas que reglamentan el contrato se denominan Condiciones Generales de la Contratación.
Normativa relacionada
*Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (ver online).