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Advertencias de seguridad en juguetes
Un juguete es cualquier bien susceptible de ser utilizado por un niño para jugar sin que pueda representar un peligro para su seguridad o salud.
Por definición, todos los juguetes deberían ser seguros, entendiéndose como tales los juguetes destinados a menores de 14 años, que no comprometan la seguridad o la salud de los niños cuando se utilicen conforme a su uso previsible.
La normativa europea* que regula la seguridad de los juguetes obliga a que lleven la etiqueta CE. Y en su Anexo 4 obliga a que lleven a una serie de advertencias y precauciones de empleo que deberán proporcionarse para determinados juguetes. Estas deben estar en la fase de comercialización, en las lenguas nacionales de los Estados miembros.
Los juguetes deberán ir acompañados de indicaciones claramente legibles y adecuadas que permitan reducir los riesgos que entrañe su uso, tal y como se especifica en las exigencias esenciales, y en particular las siguientes.
Qué es un juguete seguro
La seguridad de los juguetes es el conjunto de medidas voluntarias (de los fabricantes) o coercitivas (Directivas europeas y sus leyes de trasposición estatales) que en la Unión Europea se adoptan para garantizar que los juguetes puestos a disposición de los 80 millones de niños menores 14 años que viven en la UE, puedan servir a su fin con total garantía de ausencia de riesgos para su salud y la seguridad de aquéllos.
Este derecho a la seguridad de los niños y sus padres, es cada día más importante por los nuevos materiales y procesos de fabricación de juguetes desarrollados por la industria juguetera.
La seguridad de los juguetes no lo es sólo en el momento de su comercialización sino que debe mantenerse en el tiempo y se aplica a cualquier juguete, incluidos los distribuidos gratuitamente, con excepción de los productos que no se consideran juguetes con arreglo a la normativa.
La normativa europea que regula la seguridad de los juguetes* dice en su artículo 2:
Artículo 2
1. Los juguetes sólo podrán comercializarse si no comprometen la seguridad y/o la salud de los usuarios o de terceros, cuando se utilicen para su destino normal o se utilicen conforme a su uso previsible habida cuenta del comportamiento habitual de los niños.2. El juguete deberá cumplir, en el estado de comercialización y teniendo en cuenta el tiempo de su utilización previsible y normal, las condiciones de seguridad y sanidad establecidas por la presente Directiva.
3. A los efectos de la presente Directiva, la expresión «comercialización» comprende tanto la venta como la distribución gratuita.”.
Esta misma normativa define en su Anexo II los riesgos de los juguetes:
a) debidos a la concepción, construcción o la composición del juguete,
b) inherentes al uso del juguete y que no pueden eliminarse modificando la construcción o composición de éste sin alterar su función o privarle de sus propiedades esenciales.
* Directiva 88/378/CEE del Consejo de 3 de mayo de 1988 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la seguridad de los juguetes.
Juguetes no destinados a niños menores de 36 meses
Los juguetes que puedan resultar peligrosos para niños menores de 36 meses llevarán una advertencia ad-hoc junto con sus, con la inscripción:
«no es conveniente para niños menores de 36 meses»,
o
«no es conveniente para niños menores de 3 años»
Esta disposición no se aplicará a los juguetes que de forma manifiesta, a causa de sus funciones, dimensiones, características, propiedades o demás elementos evidentes no son susceptibles de destinarse a niños menores de 36 meses.
Toboganes, columpios en suspensión, anillas, trapecios, cuerdas y juguetes análogos montados sobre soportes
Estos juguetes irán acompañados de unas instrucciones de uso o empleo que pongan de relieve la necesidad de efectuar controles y revisiones periódicas de sus partes más importantes (suspensiones, sujetadores, fijaciones al suelo, etc. ) y que precisen que, en caso de omisión de dichos controles, el juguete podría presentar riesgos de caídas o vuelco.
Se deberán proporcionar igualmente instrucciones sobre la forma correcta de montarlos, con indicación de las partes que puedan resultar peligrosas en el caso de un montaje incorrecto.
Juguetes funcionales
Los juguetes funcionales tienen las mismas funciones que aparatos o instalaciones destinados a adultos y de los cuales constituyen a menudo un modelo a escala reducida. Llevarán la inscripción:
«¡Atención! Utilícese bajo la vigilancia de adultos»
Irán, además, acompañados por instrucciones de uso o empleo en las que se mencionen las indicaciones para su funcionamiento, las precauciones que deberá adoptar el usuario, con la indicación de que en caso de omisión de dichas precauciones éste se expondría a los riesgos, que se deberán especificar, inherentes al aparato o producto de los que el juguete constituya un modelo a escala reducida o una imitación. También se indicará que el juguete debe mantenerse fuera del alcance de niños de muy corta edad.
Juguetes químicos
Los juguetes químicos son aquellos que contengan, en tanto que tales, sustancias o preparados peligrosos.
Se consideran juguetes químicos las cajas de experimentos químicos, las cajas de inclusión plástica, los talleres en miniatura de cerámica, esmalte, fotografía y juguetes análogos.
a) Las instrucciones de uso o modo de empleo de los juguetes que contengan, en tanto que tales, dichas sustancias o preparados se indicará su carácter peligroso, así como las precauciones que deberán adoptar los usuarios con el fin de evitar los riesgos que puedan presentar, riesgos que se habrán de especificar, de forma concisa según sea el tipo de juguete. Se mencionarán también los primeros auxilios que deberán administrarse en caso de accidentes graves provocados por el uso de dichos juguetes. Se indicará asimismo que dichos juguetes han de mantenerse fuera del alcance de niños de muy corta edad.
b) Además de las indicaciones que se citan en la letra a), los juguetes químicos exhibirán en sus envases la inscripción:
«¡Atención! Únicamente para niños mayores de (XX) años. Utilícese bajo la vigilancia de adultos»
Patinetes y patines de ruedas para niños
Si se presentan a la venta como juguetes, llevarán la inscripción:
«¡Atención! Utilícese con equipo de protección»
Además, las instrucciones de uso o empleo recordarán que la utilización del juguete deberá efectuarse con prudencia ya que requiere una gran habilidad, y lejos de la vía pública, con el fin de evitar accidentes, por caídas o colisiones, del usuario y de terceros. También se proporcionarán indicaciones acerca del equipo protector recomendado (cascos, guantes, rodilleras, coderas, etc.).
Juguetes náuticos
Los juguetes náuticos son aquellos juguetes ideados para su uso en el agua. Todos ellos deben llevar la siguiente inscripción*:
«¡Atención! Utilizar sólo en agua donde el niño pueda
permanecer de pie y bajo vigilancia»
* Normativa EN/71.1 y EN/71.2 del CEN (Comité Europeo de Normalización). El Estándar europeo EN 71 detalla los requisitos de seguridad de los juguetes.
Todos los juguetes vendidos en la UE deben cumplir estos estándares.