Se considera venta ambulante o no sedentaria aquella realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente cualquiera que sea su periodicidad y el lugar donde se celebre.
Según el artículo 53 de la Ley de Comercio*, se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente.
Las normas autonómicas como la Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid definen a la venta ambulante así:
«Se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda».
Tabla de contenidos
Modalidades de venta ambulante
El ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria se podrá realizar en alguna de las siguientes modalidades:
-venta en mercadillos;
-venta en mercados ocasionales o periódicos;
-venta en vía pública;
–venta ambulante en vehículos con carácter itinerante que se autoricen justificadamente por los ayuntamientos).
De todas las mencionadas, la modalidad más típica y conocida de venta ambulante legal es la representada por los mercadillos municipales, que deben estar debidamente autorizados por los diferentes consistorios.
Régimen de autorización
Corresponderá a los Ayuntamientos determinar la zona de emplazamiento para este tipo de venta, fuera de la cual no podrá ejercerse la actividad comercial.
Los puestos de venta ambulante o no sedentaria no podrán situarse en los accesos a edificios de uso público, establecimientos comerciales e industriales, ni en lugares que afecten el acceso y la circulación.
Para cada emplazamiento concreto y por cada una de las modalidades de venta ambulante o no sedentaria que el comerciante se proponga ejercer, deberá solicitar una autorización, que será otorgada por el ayuntamiento respectivo.
Características de la autorización
Los Ayuntamientos deberán modificar sus Ordenanzas municipales relativas a la venta ambulante para adecuarlas a la nueva normativa de 2010*.
En todo caso, esta nueva normativa se aplicará a aquellas solicitudes de autorización, posteriores al 14 de marzo de 2010 (las solicitudes que se hubieran presentado antes de la entrada en vigor, se resolverán conforme a la normativa de la fecha de presentación).
-La autorización para el ejercicio de este tipo de venta tendrá una duración limitada. Será el ayuntamiento quien fijará la duración de la autorización. Para determinar el plazo de la misma deberá tener en cuenta la amortización de la inversión realizada y la remuneración equitativa de los capitales desembolsados para el ejercicio de la actividad comercial.
-La autorización podrá transmitirse a otro comerciante, previa comunicación al Ayuntamiento.
-La autorización concedida debe definir, como mínimo, el plazo de validez, los datos identificativos del titular, el lugar o lugares en que puede ejercerse la actividad, los horarios y las fechas en las que se podrá llevar a cabo así como los productos autorizados para la venta. Si la actividad es de venta de productos de alimentación y de herbodietética, se deberán cumplir adicionalmente los requisitos que impone la normativa sanitaria.
-El comerciante deberá tener expuesta para el público y para las autoridades que realicen actividades inspectoras, en forma fácilmente visible, tanto la autorización municipal, como la dirección para la recepción de las posibles reclamaciones.
En caso de que se incumpla la normativa, las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente.
Presentación de solicitudes
La presentación de la solicitud requerirá a los interesados, únicamente la firma de una declaración firmada en la que manifieste, al menos que:
-se cumplen los requisitos establecidos;
-se está en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la actividad;
-se mantiene su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización;
-se está dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de actividades económicas y al corriente en el pago de la tarifa. En caso de estar exentos, que se está dado de alta en el censo de obligados tributarios;
-se está al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social;
-los prestadores procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo;
-se reúnen las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto o productos objeto de la venta ambulante o no sedentaria.
Lo que no es exigible el deber de residencia en el municipio respectivo para poder solicitar la autorización.
Venta ambulante ilegal
Venta ambulante ilegal es aquél tipo de venta que, realizándose fuera de un establecimiento comercial permanente (definición de venta ambulante o no sedentaria), se realiza sin cumplir con la normativa estatal, autonómica y local por uno o múltiples motivos.
Las modalidades más conocidas de venta ambulante ilegal, a las que contribuimos los consumidores con nuestro comportamiento son:
- El “top manta”, en la cual se juntan varios motivos de ilegalidad: venta de copias ilegales, de falsificaciones, de productos de segunda mano por personas que no cumplen los requisitos legales, fiscales, de residencia, etc. de las ventas ambulantes.
- Colectivos que venden productos de alimentación de madrugada, en zonas de discotecas o pubs en las ciudades.
- Comerciantes en las playas, cuando ponen a disposición del público pulseras, collares, bebidas, alimentos o prestan determinados servicios a los viandantes, como peluquería o masajes.
Los derechos de los consumidores son nulos cuando compramos a un vendedor ambulante ilegal.
Para Consumoteca por supuesto, hay que desterrar la idea de que los “top manta” son vendedores ambulantes, ya que están operando de forma ilegal.
Recuerda que los vendedores ambulantes legales no pueden vender mercancía robada o falsificaciones.
Los registros de comerciantes ambulantes
La inscripción en los registros de comerciantes ambulantes no tendrá carácter habilitante para el ejercicio de la actividad comercial.
Las autoridades competentes efectuarán la inscripción en el momento del otorgamiento de la autorización para el ejercicio de la actividad, o bien en el momento de su transmisión, partiendo de los datos contenidos en la declaración responsable.
Los datos contenidos en los registros serán actualizados de oficio.
Derechos de los consumidores en las ventas ambulantes
Los derechos de los consumidores en las ventas ambulantes son exactamente los mismos que cuando se compra en un establecimiento fijo.
Entre otros aspectos:
-la lista de precios tiene que estar en un lugar visible y se puede exigir factura. Por lo tanto, si así lo consideras oportuno, puedes solicitar una factura de compra y el vendedor no debe negarse a dártela.
-devolver el producto en un plazo determinado de tiempo si es defectuoso;
-en caso de tener un problema, poder solicitar la hoja de reclamaciones;
-misma garantía que para establecimientos comerciales permanentes
Los vendedores ambulantes legales están obligados a ofrecer mercancía en buenas condiciones, con sus cajas correspondientes y bien ordenadas. En ocasiones, sin embargo, sí que pueden vender productos «outlet» (de temporadas pasadas). Además, tienes derecho a devolver el producto en caso de que éste tenga algún defecto, de acuerdo a las normas generales de garantía.
Por otro lado, todos los productos puestos a disposición de los consumidores deben estar debidamente etiquetados y llevar indicado de forma inequívoca el precio.
Es obligatoria la indicación no sólo del precio final del bien, sino también del precio por unidad de medida de cada producto. Es decir, debe figurar en cada producto además del precio final de venta, incluido el IVA y otros impuestos, el precio por un kilogramo, un litro, un metro cuadrado o un metro cúbico del producto.
Sin embargo, no es obligatorio exponer el precio en artículos como obras de arte y antigüedades.
Requisitos exigibles al comerciante
Para que un comerciante ambulante pueda considerarse legal:
-Debe estar debidamente dado de alta del Impuesto sobre Actividades Económicas y contar con el documento acreditativo del mismo,
-Debe estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, disfrutar del oportuno permiso de residencia y trabajo por cuenta propia en caso de no tener la nacionalidad española, y
-Estar al corriente del pago de las tasas municipales requeridas para poder desarrollar la actividad de venta ambulante.
-Los vendedores ambulantes tienen que tener expuesta, de forma fácilmente visible para el público, la autorización donde consten sus datos personales y su dirección para poder efectuar reclamaciones
Qué se vende
La venta ambulante únicamente puede llevarse a cabo en mercados designados por las ordenanzas municipales.
Por el contrario, no tiene en ningún caso la consideración de venta ambulante la venta a domicilio, la venta a distancia, la venta ocasional y la venta automática realizada mediante máquinas preparadas al efecto.
Las normativas municipales son las que expresan cuáles son los productos autorizados para la venta ambulante. Dos son las categorías que, en general, acaparan la mayor parte de este tipo de comercio: el textil y la alimentación.
Artículos de textil
Por lo general, la venta de productos textiles no suele estar sujeta a muchos requisitos. Aunque sí debe tratarse de productos originales. En ningún caso de copias ni, por supuesto, de objetos robados.
Además, todas las prendas deben tener su correspondiente etiqueta, lo que indica que se trata de un artículo con garantía.
De esta forma, el cliente estará en su derecho de rechazar aquellos productos que no estén debidamente etiquetados.
Alimentos
Las exigencias son mayores en el caso de los productos relacionados con la alimentación. En este caso, los vendedores deben disponer del carné sanitario de expendedor de esta clase de artículos.
Qué no se puede vender en venta ambulante
En los puestos de venta ambulante no se podrán vender productos que, por sus características y a juicio de las autoridades competentes, conlleven riesgo sanitario.
De este modo, suele quedar excluida la venta de:
-Carnes, aves y caza frescas, refrigeradas y congeladas;
-Pescados y mariscos frescos, refrigerados y congelados;
-Leche certificada y leche pasteurizada;
-Quesos frescos, requesón, nata, mantequilla, yogur y otros productos lácteos frescos;
-Pastelería y bollería rellena o guarnecida;
-Pastas alimenticias frescas y rellenas;
-Anchoas, ahumados y otras semiconservas;
-Cualquier otro producto que, a juicio de las autoridades competentes, comporte riesgo sanitario.
Sólo se autorizará la venta de estos productos si están debidamente envasados y se dispone de las adecuadas instalaciones frigoríficas.
En la mayoría de las provincias existen Asociaciones de vendedores o comerciantes ambulantes, donde te pueden informar de los requisitos para ejercer este tipo de venta y las obligaciones de quienes la ejercen.
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Buenas, tengo un puesto de venta ambulante en la zona del parking de un local con autorización del dueño.
Me gustaría saber si puedo ser multada por el ayuntamiento al no solicitar la licencia de ocupación de vía pública o al estar en propiedad privada no necesito esa? Gracias.
Hola María
Toda actividad comercial pública debe contar con una licencia temporal o permanente del ayuntamiento. La autorización del propietario es condición necesaria, pero no suficiente para poner un puesto de venta ambulante.
Habla con tu ayuntamiento. Es lo mejor.
Un saludo
Buenas tardes.
Quisiera saber si es legal cuando devuelves un producto textil al mercadillo ambulante y te dan un papel escrito a bolígrafo por el importe abonar y te dicen que solo lo puedes canjear en el plazo de 15 días un mes, pero por productos de la misma temporada. Resulta que no quedan casi prendas de invierno porque han puesto lo de primavera y me dicen que o cojo lo que queda de temporada de invierno o pierdo mi vale de 50€.
Necesito una respuesta urgente porque mañana mismo tengo que decidirme.
Muchas gracias
Hola Meritxell
En principio, en una compra presencial, sea en una tienda estable o en un mercadillo, no se admiten devoluciones de productos salvo que así lo quiera el titular del puesto. Si la prenda que devuelves está en buen estado y no tiene taras no tienen por qué aceptarte la devolución.
Por tanto, el responsable del puesto decide qué política de devoluciones acepta y te está ofreciendo un vale de compra por un plazo determinado.
https://www.consumoteca.com/comercio/vale-de-compra-en-el-comercio/
Un saludo
Buenas tardes, tengo una churreria-hamburgueseria móvil situada en un solar privado con una carpa pequeña y 5 mesas.
Mi pregunta: me exigen poner un aseo normal y otro para minusválidos y me piden licencia de apertura. ¿Es legal todo lo que me piden, porque durante el año me cambio dos o tres veces? muchas gracias
Hola Antolín
Con independencia de dónde esté situada tu churrería-hamburguesería, si tienes una actividad comercial de venta al público tienes que contar con la oportuna licencia de actividad y cumplir con la normativa de todo tipo sobre este tipo de actividad (seguridad, higiene, consumidores, fiscalidad, etc.).
Un saludo
Hola quiero vender pulseras, pendientes, collares entre otros a accesorios, pero no tengo local sería como ambulante. ¿Donde debería consultar o como puedo hacerlo ?
Hola Edwin
La licencia para poder vender de forma ambulante la dan los Ayuntamientos donde se realiza la actividad.
Un saludo
Hola ,yo quería saber si es posible vender embutidos y bocatas en un mercadillo y si es así saber que requisitos piden ,gracias ,por cierto soy de Barcelona
Hola buenas , yo puedo abrir un puesto en el pie de mi casa si soy menor?
Seria cosas de artesanía pulseras,collares, anillos,etc…
TODO ECHO A MANO
Hola Daniel
Infórmate en tu ayuntamiento en el área de comercio local.
Un saludo
Hola es legal montar un mercadillo de plantas de particulares en el local de una hermandad por un día ?
Hola Antonio
Si se realiza la actividad comercial solo un día, en un local particular de la Hermandad, dirigida a un público particular, no lo parecería. Lo suyo sería consultar con el ayuntamiento o concejalía responsable.
Un saludo
me gustaría abrir una venta de bocadillos amburguesas que necesito para hacer todo este trámite me pueden guiar en algo gracias
buenas…una consulta la sala de mi casa esta a pie de calle, yo puedo abrir la puerta de mi casa poner mesas y vender cafe,bolleria o comida en mi casa? tengo permiso de manipulacion de alimentos …..que deberia hacer?
Hola Gina
Si inicias una actividad de venta de bebidas y alimentación tienes que tener una licencia de actividad del Ayuntamiento. Y un local comercial desde el que realizarla, cocina, etc. Lo mejor es que hables con tu ayuntamiento.
Buenos días, yo quisiera hacer un pequeño outlet en la puerta de mi establecimiento.
Serían 3 días máximo con la finalidad de exponer los artículos. Mi pregunta es, ¿puedo ser multada?
Tengo el establecimiento cerca de Murcia capital. Gracias de antemano. Paqui Marin
Hola Paqui, si ocupas la vía pública (la acera), aunque sea fuera de tu establecimiento, te pueden multar si no dispones de una licencia municipal. Aunque sea por solo tres días.
Lo mejor es que lo comentes con el área de urbanismo del Ayuntamiento de Murcia
http://urbanismo.murcia.es/infourb/
Nuestro puesto de flores del mercado del mismo pueblo desde hace 37 años aunque nos olvidabamos, por primera vez, de rellenar el formulario para renovar el próximo año, entregamos todos los documentos legales al ayuntamiento sólo un día después de fecha de caducidad para renovar. Estamos en una lista negra de los vendedores para expulsarnos en breve. ¿Esto es legal?
Resumiendo tras visitar este site y leer todos los comentarios y peticiones: no hay trabajo fijo, gente trabajando temporalmente si es que encuentra algo, encima una serie de requerimientos por parte del estado para vender cuatro cosas y poder comer. Esto es una verguenza, algo orwelliano, propio de gobiernos psicópatas, totalitarios y anti humanos. No me cabe ninguna duda al respecto.
Uff entonces si yo quiero hacer un mini puesto en la playa para vender botellas con agua fresca (almacenada en neveras refrigeradas portátiles) debo empezar a pedir permisos y pagar tasas. Probablemente no sea rentable.
Buenas, somos una asociación de vendedores ambulantes, actualmente estamos en Catalunya.
Ofrecemos un seguro de responsabilidad civil de hasta 600000mil euros de cobertura por 25 euros anuales, también damos plazas en ,mercados y ferias.
Poseemos cooperativa de autónomos con bonificaciones de hasta 80 euros en cambio a la seguridad social.
Por aquí dejo el correo de la asociación y mi numero de teléfono para cualquier duda 636140061.
Hola buenos días!!!!!. qué artículo tan completo e interesante.
Yo tengo una pregunta…..seguro que es un poco tontería, pero al ser nueva en el medio, no sé muy bien cómo debo hacer.
Yo soy autónoma y he montado mi empresa de un producto Gourmet. Tengo el registro sanitario concedido, al appcc y todas las pruebas de laboratorio. La duda es que para darlo a conocer, me he apuntado a un par de mercadillos y festivales este verano.
Al ser una organización, me dicen que yo no tengo que pedir permisos, los piden ellos, pero es ahí mi pregunta….¿esto es así?…mi registro sanitario el del grupo 26…no sé si necesito otro más….
muchas gracias de antemano
Hola Sara
Muchas gracias, lo suyo sería consultar al ayuntamiento o junta municipal donde vayas a montar tu stand con producto gourmet, ya que son las administraciones locales las que, ultima instancia te deben dar el visto bueno.
Muchisimas gracias por responderme tan rápido y aclararme la duda tan bien.
Un saludo!!!
De nada Sara
Hola , quisiera montar un puesto ambulante para
vender bocadillo de carne y jugó. Como podría hacer ?
Kharla
Habla con tu Ayuntamiento para que te digan qué licencias de actividad y apertura necesitas, y te cuenten cómo hacerlo. Si no, los Ayuntamientos tienen homologadas empresas que te asesoran sobre las licencias llamadas ECUs (Entidades colaboradoras urbanísticas).
Un saludo
Hola amigos, mi consulta es breve y es la siguiente : mi actividad es la de trabajar haciendo venta ambulante en mercados o mercadillos,vendo productos derivados del cerdo, jamones chorizos,quesos etc voy con una furgoneta y un remolque y cada día hago un mercado. La pregunta es la siguiente..alguien me puede decir a qué combenio colectivo puede estar aderida la empresa gracias un saludo
Hola Maria, buenos dias.
Necesito tu ayuda, te cuento lo que nos acaba de pasar hoy 19/11/21 en Madrid, somos un grupo de amigos coleccionistas de cochecitos en miniaturas, unas 20 personas, y una vez al mes nos reunimos en un parking de un conocido aparcamiento de un parque en Medrid , al aire libre, para repartirnos las compras que uno de nosotros hace para el grupo entero. Osea uno de nosotros hace una compra conjunta y luego repartimos entre todos en un lugar al aire libre donde nos juntamos y hablamos. ha llegado la policia municipal y nos ha amenazado con requisar todo el material (material que estaba en un solo coche) y nos ha invitado a marcharnos (no muy amablemente), del lugar, indicando que lo que hacemos es ilegal, (ni siquiera recogiendo todas nuestras piezas de coleccion dentro de los coches nos dejaban estar en la calle, a pesar de decirle 100 veces que somos amigos y que no estamos comprando ni vendiendo nada. Solo se han limitado a indicarnos que lo que hacemos es ilegal sin mas. por favor necesitamos tu ayuda. Gracias
Mi comentario es cuando el mercadillo es obligado por el ayuntamiento en ponerlo al rededor de viviendas y sin tener acceso a que no puedan pasar ambulancias, cuerpos y fuerzas del estado, bomberos, etc.
Hola María,
Muchas gracias por el artículo.
Estoy organizando una acción de marketing con un vehículo (del cual tal vez se despliegue un pequeño stand) para realiazar actividad comercial de captación de leads para un negocio del sector dental.
Sabrían indicarme cuál sería la licencia necesaria en este caso para Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Andalucía? muchas gracias
hola, como puedo hacer para exigir un exclusivo afuera de mi casa y no haya puestos de mercados, yo tengo mi negocio y en ocaciones me pongo en la calle, pero llegan personas prepotentes y me quitan diciendo que estoy afuera de mi casa y en mi negocio.
como puedo hacer que dejen de ponerce afuera de mi casa, nececito poner un exclusivo o que puedo hacer.
Una pregunta,si yo voy a un parque con una mochila y vendo refrescos y papas fritas eso se puede considerar como actividad de venta ambulante, y te podrían poner una multa por no tener licencia de venta ambulante? Gracias
Hola, felicidades por el artículo
Me gustaría saber si para ejercer la venta ambulante es suficiente con darse de alta en el IAE una sola vez o hay que darse de alta en cada municipio al que vaya.
Muchas gracias
Hola Iñigo
El IAE es una cosa (notifica a Hacienda el epígrafe de nuestra actividad económica -a qué nos dedicamos) y otra cosa es obtener una licencia que autorice a la venta ambulante por parte del municipio donde se vaya a ejercer la venta.
Hola querio saber si la venta ambulantes en la calle esta prohibida… soy un joven de rosario vendo en la calle hacemos mucho años voy a vender a san Nicolas pero hace un tiempo no puedo trabajar tranquilo ya que tengo la policía que me quiere secuestrar la mercadería cada vez que voy… tmb quiero contarle que muchas vez es sufrido robo de parte de la policía quitándome las cosas…yo solo quiero trabajar tranquilo ya que tengo mucho clientes y es una ciudad muy bonita a la cual le tengo mucho cariño desde ya mucha gracias y espero tener algúna respuesta
Hola Lucas, no se pueden vender alimentos en la calle sin contar con autorización, al menos en España. Consulta con tu municipio las condiciones en las que lo podrías hacer. Ellos están interesados en que vendas, pero con dos garantías, que lo que ofrezcas cumpla con la normativa de higiene y salubridad pública y, por supuesto, para cobrarte las oportunas licencias administrativas.
Hola y gracias por la información. Quería saber si teniendo un food truck se podría vender cócteles alcohólicos tales como mojitos y piña colada.
Saludos
Hola Sosa
No vemos por qué no, pero será el departamento que dé las licencias de actividad en tu Ayuntamiento quien te lo explique. Serán ellos los que te especifiquen los horarios, condiciones de venta y advertencias de venta.
Un saludo
Buenas! Tengo una pregunta, viajamos en una autocaravana y tenemos ropa en buen estado que ya no usamos, se puede poner un puesto momentáneo en la calle para venderlo? muchas gracias
Hola David, el ayuntamiento del lugar donde estés te tendría que dar autorización para hacerlo (previo pago de alguna licencia de actividad). Si llega la Policía Municipal por iniviativa propia o denuncia de alguien puedes tener una sanción administrativa.
Hola quiero hacer showroom exporadicos de venta de ropa y complementos por Madrid que permiso necesito y en qué epígrafe me debo dar de alta. Lo haría en locales que alquilaría por días
Hola ,x efecto del covid estoy sin trabajo y estoy haciendo manualidades para vender ,se podría vender en la calle x horas y con solo una mesita para mostrar el producto?
Hola Pamela
Las autorizaciones para vender en la vía pública las tienes que pedir a tu ayuntamiento.
Mucha suerte y mucho ánimo!
Buenas queria saber si como vendedor ambulante se puede solicitar el paro de golpe?
Hola soy Magda de Barcelona, quisiera saber si para vender productos de cosmetica natural como jabones y cremas hechas por mi se necesita algun requisito especial, aparte de los ya nombrados. Mi intención es vender en ferias o mercados temporalmente, gracias.
Hola de Magda
Estos temas dependen de cada Ayuntamiento. En la web del Ayuntamiento de Barcelona hemos visto esta información sobre «Licencia de ocupación de puesto en mercadillo y venta no sedentaria» que entendemos sería de aplicación en tu caso.
https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/es/tramit/20190001340
Hay que rellenar y presentar una «Solicitud de licencia de ocupación de la vía pública» y adjuntar esta documentación:
En caso de actividades alimentarias es necesario adjuntar adicionalmente:
Esperamos que te sirva de ayuda
Hola, soy desempleado afectado por covid, y estoy planteándome probar vender café en forma itinerante llevando un termo 15 lt con un dispensador en modo mochila, desplazándose por la ciudad ofreciendo al público. Es viable esta idea de vender? Que debo cumplir de ser posible. Gracias
Hola Teodoro
La venta ambulante de alimentos no está permitida que sepamos por razones de higiene y salubridad. infórmate en tu ayuntamiento de las modalidades y alternativas disponibles para ejercer esa actividad. Además, ten en cuenta que te van a pedir, para darte una licencia, estar dado de alta como autónomo y pago de licencias de actividad.
Buenos días! A mi me acaban de conceder la licencia para un mercadillo municipal de mi ciudad que se celebra los domingos, pero me gustaría saber si acudir al mercadillo sería obligatorio todos los días que se celebren. Porque por el material que vendo que pesa yo no querría ir todos los domingos, pero sí un domingo al mes, por ejemplo. Podría perder la licencia por “faltar” al mercadillo?
Gracias y saludos!
Hola hago manualidDe, como nodos de compras, muñecas y otras Manualidades, me acerqué al ayuntamiento, y me dijeron que no había Plazas, estas ventas son por capacidad de plaza o por solicitud del interesado , pues a simple vista, hay capacudad
Buenos dias
Quiero emprender un negocio de foodtruck de cafe en Madrid ambulante, que requisitos necesita o donde me puedo dirigir en Madrid para informacion. Muchas gracias
Buenos días, soy vendedora ambulante en varios mercadillos en la zona de la Mancha, con todo este lío del COVID el emplazamiento de los mercadillos estan cambiando, me gustaria saber si hay alguna ley de los ayuntamientos para con los vendedores, tales como, emplazamientos adecuados, puesto que nos estan mandando a zonas alejadas de los pueblos donde no va nadie por su lejania, y así no nos podemos ganar la vida, tampoco tenemos aseos, nos dejan como si fueramos apestados, al sol sin arboles sin resguardo de nada para el viento, vamos apestaos
Gracias por contar tu caso Mercedes. Mucho ánimo.
Los ayuntamientos recogen sus normas sobre venta ambulante en Ordenanzas municipales.
pero no se les puede obligar a poner un emplazamiento adecuado para que la gente pueda ir, y no estar en el culo del mundo
Quiero montar la venta ambulante de comida al wok hecha en el momento en la zona Vigo o alrededores que necesito legal y físicamente para eso, si es viable..??
Gracias
Hola Richard
Tienes que hablar con el ayuntamiento de Vigo. Aquí te explican cómo solicitar la «autorización de solicitud de Ocupación de la Vía Pública con Instalación de Puesto de Venta en la Vía Pública (Venta Ambulante)».
https://sede.vigo.org/expedientes/tramites/tramite.jsp?id_tramite=400&lang=cas
Hay varios tipos de autorizaciones en Vigo y parece que está prohibida la venta ambulante de alimentos con lo posiblemente tengas que pedir una licencia similar a la de bares o establecimientos de servicio de comidas más que la de venta ambulante.
-Autorización para la venta de artículos de temporada, con localización en zonas o lugares concretos y por tiempo determinado (venta de helados, castañas etc.).
-Autorización para la venta en la vía pública por un plazo determinado o en puntos o zonas señaladas previamente (barquillos, cacahuetes, etc.).
-Autorización para el ejercicio de servicios o actividades como fotógrafos, afiladoras, limpiabotas, pianos de manubrio, etc.
-Autorización para la venta de otros productos no previstos en los apartados anteriores. Se exceptúa la venta de toda clase de productos alimenticios que queda prohibida conforme con las normas contenidas en las disposiciones vigentes.
Lo mejor será consultar al propio ayuntamiento.
Departamento de Comercio
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rei 1 – 2ª planta
Teléfono: 986 810 253
Horario: De 9 a 13:30 horas
Hola, buenas noches,me gustaría montar un puesto ambulante para vender bocadillos, es como un carrito, que tengo q hacer , sería en Cádiz
Hola Inma, tienes que conseguir la licencia municipal para el puesto ambulante del ayuntamiento de Cádiz rellenando una solicitud donde declaras que estás al día en todos los impuestos, alta en el IAE, e inscripción en el Registro de comercios ambulantes.
Aquí te dejamos el enlace de interés donde te explican todo desde al ayuntamiento
https://institucional.cadiz.es/area/Venta-ambulante/2454
Buenas, enhorabuena por la página, yo tengo un puesto de venta de helados (food truck) en una pequeña villa gallega, me interesaría poder montarla en una playa, pero en una finca privada, tengo que solicitar permiso a costas o simplemente al ayuntamiento. Muchas gracias.
Hola Carlos, si el food truck está dentro de una finca privada entendemos que te bastaría solo con obtener los permisos del Ayuntamiento únicamente. Habría que saber para qué usos se destina la finca y si tiene limitados la explotación de negocios como el tuyo.
Hola cuanto puede salir la licencia de ambulante para buñuelos y perrito en sevilla?
Buenos días, quiero emplazar un puesto textil en los diferentes mercadillos que se montan en Mallorca, lo que involucra distintos ayuntamientos. Dónde debo tramitar el permiso? Consulto distintas páginas y todo me resulta confuso. No sé si debo acudir a cada ayuntamiento o solo a algún organismo de gobierno. Nadie me sabe responder en los ayuntamientos. Me podrían echar una mano por favor?
Gracias por este información. La verdad que es muy útil para los que estamos interesados en estos temas.
Hola, me gustaría una orientación, tengo un pequeño negocio entre manos, sobre tattoo temporales que quería aprovechar en conciertos de música, partidos de futbol etc… para venderlos aprovechando dichos eventos, Necesito algún tipo de licencia, ya que no necesito ningún puesto físico ??? o por ejemplo en la noche de san juan me gustaría ir a la playa por la noche y poder hacerles a todo el que lo quiera un tatoo, pero me comentaron que la policía te podía pedir los permisos para esto y sino te multan…. Alguien me puede orientar, en la coruña
En todos estos casos hay que ver bien cada localidad y su normativa
Hola felicitarte por tu pagina lo primero, yo tengo una pequeña duda… a mi me gustaria vender bolleria artesanal en un carrito, pero leo que nos se puede y por que churros si? gracias
Salkyd, la venta ambulante depende de cada ayuntamiento, pregunta al tuyo qué se puede o no comercializar como alimentación y que te expliquen el por qué.
Quiero saber si es posible vender helado de una manera ambulante con una camioneta con sistema de refrigeración en Mallorca ¿Quien puede darme mas informaciones?
Contacta al servicio de Comercio del Ayuntamiento de Palma.
Buenos días,
Aqui en Burjasot (Valencia) se vende los miercoles. He solicitado un puesto de fruta y verdura. Ya que hay dos puestos que venden me lo han negado, eso que hay puestos libres, considero que estan cometiendo un agravio comparativo.
Lo he reclamado por escrito sin ninguna respuesta, ¿hay alguien que me pueda ayudar con esta situacion? Gracias
Hola Javier, la negativa en sí es un acto administrativo que suponemos es recurrible así que si aún estás en plazo tendrías que buscar un abogado experto en derecho administrativo que recurra la resolución del ayuntamiento.
Me gustaría saber tengo un kiosko fijo en plaza Constitución me han puesto que pusiera en el epígrafe masa frita me gustaría saber porque no me dejan vender latas de cerveza y solo refresco que podría hacer o vender para que tuviera la opción de vender latas de cerveza algún producto en concreto mil gracias
pero sobre los precios donde figuran para ir mercados ocasionales en toda españa
Hola soy artesana y me gustaría saber que tipo de autorizaciones debo tener para poder vender mis creaciones en la vía pública. Mi trabajo consiste en hacer bisuteria con hilo y piedras naturales. Soy de Madrid. Gracias.
Vendo carrito multiuso venta ambulante pueden mandar un email [email protected] le enviaremos fotos
Hola
En Galicia, (La Coruña), tenemos problemas con los ayuntamientos para las licencias, sobre todo en ferias de artesanía (no es todo artesanía). Nosotros tanto mi pareja como yo, somos autónomos, con todos los epígrafes correspondientes para la venta, ciertos ayuntamientos no nos dan los permisos y tan sólo dan a las personas que hacen ellos los productos llamados artesanos, los cuales no disponen de los autónomos ni los epígrafes, ¿esto es legal? ¿Qué puedo hacer? Puesto que para nosotros ya es difícil pagar los autónomos y los trimestrales y aun encima los concejales no nos dejan trabajar.
Loly
Escribir al Defensor del pueblo (Valedor do Pobo), a ver qué os contestan. Tendréis que fundamentar vuestra queja
(https://www.xunta.gal/valedor-do-pobo?langId=es_ES)
Un saludo
Hola mi nombre es Felician,
Mi mujer tiene un remolque de venta de comida. Tiene toda la licencia, de sanidad, manipulador de alimentos, seguro de responsabilidad civil, etc. Unicamente que no tiene un citio en el pueblo. Le pedí al ayuntamiento un citio para el remorqueen un parque y me dice que esta projibido. En el pueblo hai fiestas locales donde hai bares que pone casetas con venta comida y alcohol. Le pido un citio para mi remorque y la respuesta es igual PROJIBIDo.
¿que puedo hacer en esta situación?
¡Arbitrariedad y corrupción..! ¡Deslealtad y Supervivencia!