La venta a domicilio (venta domiciliaria) es la que se realiza cuando el vendedor se desplaza al domicilio del comprador. Y la ambulante en mercadillos. En este post vemos las diferencias entre venta a domicilio y venta ambulante.
Tabla de contenidos
Diferencias entre venta a domicilio y venta ambulante
Derecho de desistimiento
Como consumidor te recomendamos que siempre pidas al vendedor su acreditación, para asegurarte de que realmente representa a la empresa vendedora.
En este tipo de ventas a domicilio (realizadas fuera del establecimiento mercantil) el consumidor dispone de un período de desistimiento de 30 días naturales para devolver la compra sin tener que alegar nada:
Artículo 102. Derecho de desistimiento.
1. Salvo las excepciones previstas en el artículo 103, el consumidor o usuario tendrá derecho a desistir del contrato durante un periodo de catorce días naturales sin indicar el motivo y sin incurrir en ningún coste distinto de los previstos en los artículos 107.2 y 108.
En el caso de los contratos celebrados en el contexto de visitas no solicitadas efectuadas por el empresario en el domicilio del consumidor o usuario o de excursiones organizadas por el empresario con el objetivo o efecto de promocionar o vender bienes o servicios, el plazo de desistimiento se amplía a treinta días naturales.
2. Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo.
Venta ambulante
Por su parte, por venta ambulante se entiende la venta de mercancías que se hace en los mercados semanales u ocasionales y en los vehículos-tienda que se sitúan en zonas autorizadas por los ayuntamientos.
Es recomendable comprar a comerciantes que venden en mercados fijos o de periodicidad habitual. De esta forma, en el supuesto de que exista algún problema, será mucho más sencillo reclamar.
En otros casos, hay que pedir justificantes de compra o facturas donde consten los datos del vendedor (nombre, dirección y NIF).
Normativa relacionada
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (ver online).
.Un buenas. Me gustaría saber si se puede realizar venta ambulante por las calles de un pueblo , para que la gente salga de casa a comprar , o deve ponerse un puesto en un lugar determinado por el ayuntamiento para realizar dicha actividad. Gracias
Mi marido vende fruta y verdura en el mercadillo y por tema de covid, las ventas han bajado muchísimo.
El pone anuncios en internet y la gente le pide mucho… Venían a recogerlo pero con el confinamiento perimetral, la mercancía se nos va a echar a perder… ¿Es posible repartir a domicilio? Donde tengo que preguntar qué tengo que acreditar y que se necesita? Ayuda urgente por favor
Lili, la venta a domicilio y fuera de su lugar habitual (venta ambulante) no está permitida. Lo mejor que puedes hacer es hablar con tu ayuntamiento, con el área encargada de comercio y de autorizaciones de venta ambulante. O aliarte con algún establecimiento que sí pueda abrir para recogida de pedidos (tipo bares). Háblalo con tu ayuntamiento.
Y mucho ánimo!
Tenemos un puesto en mercadillo semanal en Alicante y ahora no nos dejan poner por lo del coronavirus . Vivimos a 40 km.de allí y quisiera saber si puedo servir a mis clientes a domicilio una vez por semana, pues no paran de llamarme pues estamos allí desde 1980 . gracias
Hola Pedro, si tu actividad en el mercadillo se puede hacer a domicilio entendemos que si. Te recomendamos que contactes con tu ayuntamiento para consultarles.
hola maria,me gustaria hacerte una pregunta si es posible. Tengo una peluqueria canina movil, y hay un ayuntamiento en concreto que no me deja ejercer mi actividad porque lo considera venta ambulante. Tengo que decir, que no vendo absolutamente nada. Mi servicio consiste en ir a la puerta del cliente con mi furgoneta adaptada y homologada por industria, y pelo y/o lavo al perro en ella, sin producir ningun tipo de desperdicion a la calle, y cuando termino me voy a la siguiente direccion, que puede ser del mismo pueblo o de otro diferente. Mi pregunta es si este servicio es relamente una venta ambulante? tiene razon el ayuntamiento en ponerme trabas para poder trabajar?. gracias