¿Está obligado un comercio a admitir el pago con tarjeta?

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Tarjeta TPV virtual

Una pregunta frecuente que nos hacen los usuarios de Consumoteca es si un comercio debe admitir el pago con tarjeta o no.

La respuesta es que no. El comerciante debe anunciar clara y expresamente los medios de pago aceptados en su establecimiento. Pero no está obligado expresamente a aceptar el medio de pago tarjeta bancaria por parte de sus clientes.

Eso sí, debe aceptar siempre el pago en efectivo.

Normativa de comercio Galicia

Medios de pago aceptados

Algunas normas autonómicas lo explican de esta manera. Por ejemplo, en Galicia, la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia dice así en su artículo 10 (El precio de los productos y servicios):

1. El precio de los productos y servicios será el fijado libremente por las personas oferentes, sin más limitaciones que las impuestas por la legislación vigente en materia de precios y márgenes comerciales y de protección de la libre competencia.

…/…

7. La persona comerciante explicitará por escrito en la zona de caja de forma visible para la persona consumidora los medios de pago admitidos, así como la posibilidad o no de la devolución del producto.

Esta información así como el plazo para hacer efectiva la posible devolución deberán figurar igualmente en el tique de compra.

En caso de ser admitida la devolución, se procederá, a opción de la persona comerciante, al reembolso del importe o al otorgamiento de un vale sin caducidad o documento acreditativo de la deuda sin caducidad por el importe correspondiente.

Esta última información también deberá ser explicitada por escrito de forma visible para la persona consumidora.

Descambiar una compra en una tienda física

En este artículo se menciona también otro asunto interesante como el de si se debe admitir la devolución de una compra («descambiar» la compra). Y de nuevo esto es voluntario.

Vales de compra

Y también se habla de los vales de compra.

Medios de pago en Rebajas

También el artículo 37. f (Requisitos generales -de las ventas promocionales), de la norma gallega dice así:

Las actividades promocionales de ventas deberán ajustarse a los requisitos siguientes:

…./…..

f) La persona comerciante estará obligada a admitir los mismos medios de pago que acepta habitualmente en el desarrollo de su actividad comercial.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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