En Consumoteca tenemos una sección dedicada a casos reales. Aquí te contamos el caso de Ana, de un pueblo de Toledo, que se queja de que en los autocares de línea Samar no le dejan subir a su pequeña mascota en un transportin, en el habitáculo. El perrillo ha de ir en el maletero del autobús medio asfixiado.
Tabla de contenidos
Samar
Ana nos cuenta su caso con Samar:
La empresa Samar de autocares con la que viajo a menudo, en una ocasión no sé cómo vio que llevaba conmigo un perrito en una mini bolsa de deporte. Entonces va el conductor y me dice que lo deje en el maletero pero un chihuahua de un kilo y medio en este caso se muere, se asfixia.
Cada vez que me pasa esto no puedo salir de mi pueblo porque no tengo coche. No lo entiendo si nadie ve al perrito, ni ladra, ni molesta, porque en 3 años me ha pasado en dos ocasiones con ellos, pero cada vez que tengo que coger el autocar me da miedo.
Es inhumano meter a un perro en un maletero dónde cada vez que yo dejo la maleta sale y se desprende un calor asfixiante. Y en verano no hay respiraderos en el maletero, que no está preparado para llevar mascotas.
Por lo tanto, teniendo en cuenta el peso del perro y que no molesta a los viajeros, creo que deberían aceptar subir al bus con ellos. Y además, como digo, en 3 años nunca lo han visto más que en dos ocasiones que no me he podido marchar. Pero me causa mucho estrés.
No sé cómo se puede denunciar esto porque realmente, si el perro fallece de asfixia en el maletero, ¿qué pasa con las consecuencias y quién se hace responsable? Y lo peor de todo que para mí es más que un perro.
Gracias.
Respuesta de Consumoteca
Ya hemos hablado de este tema en un post dedicado a «Viajar con mascota por los autobuses interurbanos no es un derecho«.
La verdad es que la normativa de transporte terrestre, el Reglamento General de Circulación, lo dice bien claro en su artículo 11.2 e) (Transporte colectivo de personas). Ojo, que es una norma de 2003 un poco desactualizada.
En los vehículos destinados al servicio público de transporte colectivo de personas se prohíbe a los viajeros:
a) Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.
b) Entrar o salir del vehículo por lugares distintos a los destinados, respectivamente, a estos fines.
c) Entrar en el vehículo cuando se haya hecho la advertencia de que está completo.
d) Dificultar innecesariamente el paso en los lugares destinados al tránsito de personas.
e) Llevar consigo cualquier animal, salvo que exista en el vehículo lugar destinado para su transporte. Se exceptúan de esta prohibición, siempre bajo su responsabilidad, a los invidentes acompañados de perros, especialmente adiestrados como lazarillos.
Nótese cómo en esta norma de 2003, se llama a las personas con perros-guía «invidentes» (soy son «personas con discapacidad visual», un concepto más inclusivo).
Y nótese cómo esta normativa parece haberse quedado un poco obsoleta, al menos para mascotas pequeñas, cuando la normativa autonómica ya prevé de manera general el acceso con perros-guía a todo tipo de inmuebles y medios de transporte.
Renfe sí te deja
Curiosamente, en el transporte por ferrocarril sí se permite. La misma Renfe, por ejemplo te permite subir a bordo un animal doméstico de pequeñas dimensiones.
Esto es lo que dice Renfe:
-Se entiende por mascota cualquier pequeño animal doméstico (perros, gatos, hurones y aves no de corral, cuyo peso máximo no exceda de 6 Kg.).
-Los animales deben ir provistos de la “guía de sanidad“, siempre dentro de una jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm., y que dispongan de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
El dueño se debe hacer responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal.
El animal deberá cumplir las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad, y disponer de la documentación conforme a la legislación vigente.
Durante el viaje (la mascota) deberá situarse en un lugar discreto a los pies del dueño de tal forma que interfiera lo menos posible al resto de los clientes, debiendo estar sujetos permanentemente por sus portadores.
Samar cumple con la ley
En el caso de Samar, en la página de Ayuda al viajero podemos leer la pregunta frecuente «¿Cómo puedo llevar mi mascota en el autobús?»
La ley prohíbe el transporte en el habitáculo de viajeros de cualquier animal a excepción de los perros lazarillos. Los perros o gatos viajarán en las bodegas, en el interior de jaulas o cestas especiales proporcionadas por el viajero que deben estar adaptadas para este uso, quedando totalmente prohibido transportarlos fuera de dichas jaulas o cestas.
Con carácter general, el traslado de estos animales se realiza bajo la entera responsabilidad de sus propietarios, que viajarán necesariamente en el mismo servicio que el animal.
El viajero debe presentarse al embarque, acompañado del animal, con una antelación de 15 minutos, introduciendo personalmente el animal en la jaula situándola en el autocar, según las indicaciones del conductor.
El animal estará en buenas condiciones físicas, higiénicas y anímicas para el traslado, no siendo obligatorio, aunque si recomendable, el uso del bozal en caso de perros.
El desembarque del animal será igualmente realizado por su propietario, procurando que no haya personas en las proximidades a fin de evitar circunstancias incómodas o peligrosas, que pudieran afectar al resto de los viajeros.
Lógicamente, Samar cumple con su obligación, que es cumplir la normativa, pero es verdad que meter una pobre mascota de kilo y medio que cabe casi en las manos, en el maletero oscuro y asfixiante de un autocar parece incluso abusivo. Máxime si encima te recuerdan que «el traslado de estos animales se realiza bajo la entera responsabilidad de sus propietarios«.
En el caso de Ana, un perro chihuahua que pesa un kilo y medio, la medida de 2003 parece un poco desproporcionada.
Ana deberá escribir a la compañía, esperar a que le respondan por escrito alegando que el artículo 11 del Reglamento General de Circulación lo prohíbe y escalando su reclamación a los políticos de la Comunidad autónoma. Y tal vez también al Defensor del Pueblo por tratarse de una norma un poco desfasada para este tipo de casos.
Y los niños sí puede hacer ruidos, la gente sí puede escuchar cosas en su móvil sin los cascos, la gente sí puede hablar super alto, por que no pueden los animales ponerse nerviosos y hacer ruido? No es culpa suya. Si los animales que no entienden la situación no pueden hacer ruidos, digo que los niños tampoco.
En los autobuses interurbanos es muy inhumano dejarlos abajo. Una vez traía mi gatito de la castración y el conductor me dijo que le dejará ahí abajo y yo le dije «pero acaba de salir de una cirugía» y me dijo «me da igual».
En otra vez llevaba un perrito chiquito de vuelta a sus dueños y el conductor me dijo que lo dejara abajo, el perro nervioso empezó a llorar y la gente se molestó conmigo poniendo la culpa a mí y el conductor ni siquiera tuvo la decencia de explicarles a la gente que se tenía que ir abajo.
Dejó a que la gente me llamara de todo y un poco más. Otra vez un otro perrito en una mochilita de transportín, no se veía el perrito me dijo «hay que dejarlo en el maletero por que molesta a la gente». o sea, que es eso? Lo veo muy cruel y una cosa que tiene que ser arreglada. Los perritos y gatitos no molestan y no es su culpa si están nerviosos. No tengo coche y ni puedo conducir por mi baja visión, la única opción es o coger un taxi hasta la ciudad más cercana o el autobús. Un absurdo!