Los talleres de reparación de coches son una fuente de reclamaciones importante para los consumidores. Dejar el coche renunciando a la elaboración de un presupuesto o reparaciones que no solucionan nuestros problemas mecánicos y nos cuestan un dineral son problemas habituales. Nos escribe José Luis de Madrid para contarnos sus problemas con unos frenos de disco Brembo, que es una marca reconocida en el mercado.
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Problemas con discos de freno Brembo
José Luis nos cuenta su problema así:
Buenas tardes, el pasado mes de Septiembre me cambiaron en un taller de neumáticos ha mi vehículo discos de freno y pastillas, yo pedí que me pusieran la mejor marca del mercado y así fue.
En concreto me instalaron unos discos de freno Brembo. Pues bien. Después de tan solo 15 días de uso, me fijé que los discos empezaron a oxidarse. No por la zona donde trabajan las pastillas sino en el cuello de estos.
Llamé al taller y hablé con el mecánico que me los cambió. Me comentó que me pasara por el taller a ver qué pasaba con los discos de freno. Dos semanas después el oxido sigue aumentando y me acerco de nuevo al taller. Para mi sorpresa el mecánico ya no trabaja en este taller.
Me atiende otro mecánico y me comenta que hablarán con el servicio de repuestos y con la marca.
Me han llamado en dos ocasiones comentándome que si quiero cambiar los discos tendré que pagar otros nuevos y estos los enviarán a la marca, y tendré que esperar dos meses para que me den contestación. Por supuesto le reclamo responsabilidad al taller, ya que fueron ello los que me instalaron y vendieron los discos.
Consumoteca os pido me indiquéis si estoy en mi derecho de exigir responsabilidades al taller y los cambios necesarios de materiales defectuosos. Un Saludo.
Respuesta de Consumoteca
Ante una situación como la de José Luis, que no te engañen.
El responsable es el taller. Y ello con independencia de que repita luego acciones contra el fabricante. Es importante comenzar a sembrar lo que podría ser una larga acción judicial si no hay más remedio.
Por ello, hay que comenzar a hacer notificaciones escritas y formales (mediante burofax de Correos), iniciar la vía administrativa (reclamación a Consumo solicitando su mediación y en caso fallido un arbitraje de consumo), y si no hay más remedio, la judicial (ojo, que un laudo denegatorio en arbitraje te cierra la vía judicial).
Por tanto, si en el taller se hacen los «longuis», lo primero que recomendamos en este caso es exigirles por escrito, por medio de burofax de Correos (donde cuentas quien eres y qué ha pasado, por orden cronológico) que dentro de la garantía de 2 años que deben dar fabricante y distribuidor (el taller), se te dé una solución a la falta de conformidad de los discos de freno, en cualquiera de los 3 sentidos que prevé la ley de defensa de los consumidores.
Qué dice la ley sobre la falta de conformidad
Si el producto comprado es nuevo, como lo son los frenos de disco Brembo, el vendedor responde de sus defectos o falta de conformidad durante los dos años siguientes a la fecha de entrega.
Si el producto es de segunda mano, el vendedor (persona jurídica) y el comprador consumidor pueden pactar un plazo más corto, que no podrá ser nunca inferior a un año desde la fecha de entrega.
Pero este plazo reúne unas características que deben quedar perfectamente especificadas:
-Si el defecto del producto se manifiesta durante los seis primeros meses desde la fecha de entrega (producto nuevo o de segunda mano), se entiende que este defecto ya existía cuando lo entregaron, es decir, que era de origen. En este caso corresponde al vendedor demostrar lo contrario, es decir, que el defecto ha aparecido después, a causa de un mal uso o de un mantenimiento defectuoso. Dicha persona es quien tiene que demostrar, en definitiva, que entregó el producto de acuerdo con las condiciones acordadas.
-Si el defecto aparece después de los 6 primeros meses y hasta los 2 años desde la fecha de entrega, la persona consumidora y usuaria es quien tiene que probar que el defecto era de origen y que no se debe a un mal uso o al paso del tiempo.
Defecto los 6 primeros meses
Durante el plazo de seis meses desde su compra, la garantía se entiende total, es decir, que cubre todos los conceptos, y gratuita, es decir, sin coste alguno para el consumidor titular del derecho de garantía sobre el bien comprado.
Es decir, a menos que haya alguna prueba que demuestre lo contrario, se entiende que el producto es conforme siempre que cumpla todos los requisitos siguientes, a menos que, por las circunstancias del caso concreto, no fuera posible aplicar alguno de ellos:
-Se ajusta a la descripción hecha por la persona vendedora o al modelo o muestra que enseñó;
-Es apto para el uso al que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo;
-Es apto para el uso especial que hubieran pactado la persona consumidora y usuaria con la persona vendedora;
-Tiene la calidad y prestaciones habituales que la persona consumidora y usuaria pueda esperar de un producto del mismo tipo, de acuerdo con su naturaleza y con las informaciones que haya dado la persona vendedora o productora en la publicidad o en el etiquetado.
Derechos del consumidor en garantía
La persona consumidora y usuaria tiene respecto a un producto no conforme en el período de garantía legal, derecho a:
-La reparación del producto,
-Sustitución del producto por otro de iguales prestaciones,
-Rebaja en el precio,
-Resolución del contrato.
En el burofax se le debe dar un plazo corto, como por ejemplo, 48 horas para que nos contesten qué van a hacer con los Frenos de disco Brembo.
Si no lo hacen, o no a nuestra satisfacción, se debe pedir una hoja de reclamación y solicitar en ella la mediación y el arbitraje de los servicios de Consumo, en el apartado de la hoja que habla de esto.