Las ITEs son inspecciones periódicas (generalmente cada 10 años a partir de los primeros 20 años de la edificación) y obligatorias para los propietarios de las viviendas, y aseguran que los edificios están bien mantenidos y que no hay riesgos de inseguridad de la construcción para sus moradores o los demás ciudadanos.
Te mostramos a continuación todo lo publicado hasta la fecha en Consumoteca en relación con la Inspección Técnica de Edificios (ITE):
Tabla de contenidos
Inspección Técnica de Edificios (ITE)
ITE en las Comunidades autónomas
Normativa relacionada
En España, las Comunidades autónomas son la administración con competencias para regular la ITE en su ámbito territorial.
Te enumeramos algunas normativas autonómicas al respecto:
Cataluña
La normativa catalana* define la inspección como la acción de examinar el edificio que lleva a cabo el/la técnico competente a quien haya sido encargada, y que da lugar al informe de la inspección técnica de edificios de viviendas.
- Decreto 67/2015, de 5 de mayo, para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio (DOGC de 7 de mayo de 2015).
Euskadi / País Vasco
En el País Vasco está en vigor su propia norma ITE:
- Decreto 117/2018, de 24 de julio, de la inspección técnica de los edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco (ver online).
¿Tienes alguna experiencia que contar en relación con la Inspección Técnica de Edificios (ITE) de tu vivienda que quieras compartir con el resto de usuarios de Consumoteca?
Cuéntanosla en los comentarios a pie de cada post.
Gracias por informar en concreto en este post sobre las ITE a nivel de Cataluña y país Vasco y en general por la labor informativa que hacéis sobre esta temática tanto a usuarios como a propias empresas. Enhorabuena por el blog. Saludos!