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Un usuario comentaba esta duda sobre el contrato de arras
Si se firman unas arras hoy, y la vendedora conocía la existencia de una derrama (aprobada en junta) que no le comunicó a la parte compradora, y que aparece en el certificado que entrega en Notaría un día antes de la firma del piso. ¿Hay mala fe?
Para evitar un caso como este es muy importante que nuestro contrato de arras esté claramente escrito y con todas las cláusulas bien definidas.
Es muy importante que quede bien reflejado que la vivienda está libre de cargas. En el ejemplo del contrato de arras que compartimos de forma gratuita, se dice:
«La citada
finca se encuentra libre de cargas y gravámenes de todo tipo como resulta, además de la nota del Registro de la Propiedad (o certificación registral) que se adjunta al presente contrato y de la declaración que hace el vendedor en este acto, y al corriente de pago de tributos y gastos de cualquier clase, incluidos los gastos de comunidad.»
Para que este tipo de cláusulas queden fijadas en el contrato, podemos pedir a la comunidad un certificado de obras o derramas pendientes de ejecución.
Comunicado del administrador de fincas sobre derramas pendientes
En caso de compraventa de una vivienda en un edificio, si el administrador te indica que hay derramas pendientes de realización, la cláusula indica que la vivienda debe entregarse libre de cargas. Por tanto el contrato se puede anular y solicitar la devolución del dinero aportado como arras.
Otra opción sería resolver la derrama por parte del vendedor y continuar con el contrato.
Siempre es oportuno darse una vuelta por el edificio que vamos a comprar y hablar con el portero si existe o vecinos.
En el caso de una vivienda unifamiliar o chalet
En este caso, no hay derramas ya que los gastos posibles de la vivienda son intrínsecos a la vivienda que compramos.
Y si hay presupuesto de arreglos comunitarios, conocido por el vendedor, pero no aprobado aún en junta su ejecución?
Gracias.