La sedación es un tratamiento farmacológico a caballo entre la analgesia y la anestesia general con la finalidad de disminuir el dolor previsible ante una intervención o existente en un enfermo con sufrimiento.
La administración de medicamentos de la sedación disminuye de forma controlada el estado de alerta del individuo y su percepción del dolor manteniendo estables los signos vitales y su capacidad para respirar de forma espontánea.
La Comunidad autónoma de Extremadura acaba de publicar una Orden en la que regula este tipo de tratamientos y los derechos de los pacientes sometidos a sedación.
Tabla de contenidos
Cómo afrontar el dolor en una intervención
En función de la gravedad de una intervención clínica las distintas posibilidades de paliar el dolor son tres: la analgesia, la sedación en distintos grados y la anestesia general.
Analgesia
La analgesia se puede definir como el alivio de la percepción del dolor sin producción intencional de un estado de sedación.
Sedación
La sedación es un tratamiento intermedio entre la analgesia y la anestesia general. Se puede definir como la:
Disminución controlada del estado de alerta del individuo o de la percepción del dolor manteniendo estables los signos vitales, la integridad de las vías aérea y la ventilación espontánea.
El efecto analgésico asociado a este tratamiento es mínimo, por lo que debe estar acompañado de anestesia local que garantice la supresión del dolor.
Anestesia local y general
La anestesia general es el
estado de pérdida de la conciencia durante el cual el paciente no es capaz de despertar de su estado ni tan siquiera al sufrir un estímulo doloroso.
En este estado, la permeabilidad de la vía aérea está comprometida, de forma que se requiere alguna maniobra de liberación de la misma e incluso puede ser necesaria la aplicación de ventilación con presión positiva debido a la depresión respiratoria neuromuscular originada por los fármacos administrados. Pueden producirse alteraciones de la función cardiovascular.
Derechos de los pacientes sedados
Los pacientes que van a ser sometidos a sedación con motivo de una intervención o a sedación paliativa o terminal tienen derechos.
En la nueva norma extremeña se enumeran los siguientes del paciente que va a ser sedado:
El paciente, o en su caso, el padre, la madre o el tutor legal, tiene derecho a:
- Derecho a ser informado previamente de los riesgos e inconvenientes que conlleva la aplicación de sedación.
Este derecho se debe formalizar por medio de un consentimiento informado escrito e independiente del utilizado para el procedimiento diagnóstico o terapéutico. En él deben identificarse los profesionales que realizarán la técnica diagnóstica o quirúrgica que requiera sedación y el profesional que efectúe la sedación junto con su titulación.
- Derecho a recibir un informe escrito con sus antecedentes médicos, patología actual, procedimiento quirúrgico empleado y pautas de tratamiento postquirúrgico.
- Derecho a ser informado de las pautas inmediatas a seguir tras la sedación junto con un teléfono de contacto en caso de incidencias tras la sedación (náuseas, vómitos, mareos, dolor de cabeza, irritación de la garganta, cambios en la presión sanguínea y dolor zonal o general).
Grados de sedación
Este tratamiento farmacológico para aliviar el dolor puede tener tres grados en función de la dosis de
Sedación mínima o ansiolisis
La ansiolisis es un estado inducido por fármacos administrados por vía oral o sedación inhalatoria con óxido nitroso. En la ansiolisis hay una disminución de la sensación de intranquilidad psíquica y/o motora, sin un cambio asociado en el estado de alerta del individuo.
Una vez aplicada la carga medicamentosa, el paciente es capaz de responder con normalidad a órdenes verbales. Su ventilación y función cardiovascular permanecen inalteradas, pero su función cognitiva y coordinación motora pueden estar atenuadas.
El personal que administre el sedante por inhalación de óxido nitroso deberá ser Licenciado en Medicina y Cirugía, o en Odontología en el caso de clínicas dentales. Deberá ser un profesional distinto del que realiza la intervención, y con formación en técnicas de sedación inhalatoria, anestesiología y en reanimación cardiopulmonar (RCP) avanzada.
Sedación consciente
La sedación consciente o moderada se consigue mediante fármacos administrados por vía endovenosa. Se define como el
estado de depresión de la conciencia inducido por fármacos en el cual el paciente responde adecuadamente a órdenes solas o acompañadas por leve estimulación táctil.
Est tratamiento no requiere ningún tipo de intervención para mantener la permeabilidad de la vía aérea ya que la respiración del paciente sigue siendo espontánea. Y su función cardiovascular se mantiene inalterada.
El personal que la administre deberá ser Licenciado en Medicina y Cirugía, distinto del profesional que realiza la intervención, y con formación en técnicas de sedación inhalatoria, anestesiología y en reanimación cardiopulmonar (RCP) avanzada o un Médico especialista en Anestesiología y Reanimación.
Sedación profunda
La sedación profunda con vigilancia anestésica monitorizada se consigue con la administración de medicamentos.
Se define como un
estado medicamentoso controlado de depresión o disminución intensa del nivel de conciencia con disminución significativa de la capacidad de respuesta a estímulos físicos y órdenes verbales.
Este tratamiento puede ir acompañado de una pérdida de reflejos protectores de la vía aérea pero no suele darse el compromiso cardiovascular.
Sedación paliativa
La sedación paliativa o terminal es la que se utiliza en las fases finales de vida de un paciente que no tiene posibilidad de supervivencia, que ha transmiten señales no verbales de sufrimiento estando prácticamente sin conciencia o conscientes y con sufrimiento existencial (síndrome de desmoralización).
Al ser paliativa es un último recurso en la etapa terminal de vida del paciente cuando se produce sufrimiento insoportable, y se han agotado las posibilidades terapéuticas disponibles para aliviar el dolor.
La administración de fármacos a un enfermo terminal puede ser consciente o profunda. Pero su finalidad es aliviar el sufrimiento en las últimas horas de vida, y no tanto interrumpir la vida (eutanasia).
Normativa relacionada
La normativa autonómica que regula este tratamiento en centros sanitarios y los derechos del paciente sedado es:
- Orden de 16 de noviembre de 2020 por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios para la realización de la actividad de sedación en centros y servicios sanitarios sin internamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 24 de noviembre de 2020).