Las pilas y baterías nos hacen la vida más cómoda pero una vez cumplida su misión, cuando son pilas usadas, se convierten en residuos muy peligrosos. Y ello por los materiales contaminantes con las que están hechas. Así que no se pueden simplemente tirar a la basura, hay que recogerlas selectivamente y tratarlas debidamente en contenedores especialmente preparados para ello.
Tabla de contenidos
Pilas usadas
La normativa de 2008* obliga a la recogida selectiva de los residuos de pilas usadas y baterías. Esta será gratuita para los usuarios finales y sin contraprestación.
También obliga a crear puntos de recogida selectiva distribuidos de acuerdo a la densidad de población y en número suficiente, accesibles y cercanos al poseedor o usuario final.
Y obliga a hacer campañas de información a los consumidores para la separación en origen, al menos, de las pilas botón usadas, respecto a las demás.
Obligaciones de las empresas de distribución
Las empresas distribuidoras que dispongan de puntos de recogida selectiva de pilas estarán obligadas a aceptar el retorno de las pilas y acumuladores portátiles usados sin cargo alguno para sus poseedores o usuarios finales.
Tampoco podrán exigir a éstos la compra o adquisición de pilas o acumuladores portátiles nuevos.
Además, en el momento de vendernos pilas o acumuladores portátiles, los distribuidores están obligados a aceptar, sin cargo alguno la devolución de las pilas usadas a las que sustituyan. Por ejemplo, un relojero que sustituye una pila botón vieja por una nueva.
Obligaciones de los municipios
Los ayuntamientos están obligados a organizar la recogida selectiva de las pilas usadas y acumuladores portátiles usados generados en domicilios particulares, comercios, oficinas o similares.
Y a su transporte desde los contenedores específicos hasta los centros de almacenamiento temporal, antes de su entrega a las plantas de tratamiento y reciclaje.
Alternativamente, y previa autorización o concesión de las entidades locales competentes, esta recogida y transporte también podrá realizarse por alguna de las siguientes modalidades:
- A través de otros servicios públicos de titularidad local o autonómica.
- A través de servicios de recogida concertados varias entidades locales con operadores económicos u otras organizaciones privadas, oficialmente autorizados por la comunidad autónoma correspondiente.
- Mediante los servicios puestos en funcionamiento por los sistemas integrados de gestión o sistemas de gestión individual.
En los puntos de recogida selectiva se deberá exponer al público la suficiente información que facilite y permita una correcta operación de depósito en el propio punto, así como una primera clasificación de las pilas y acumuladores usados, en función de tipos y tamaños, separando, al menos, las pilas botón del resto de pilas y acumuladores.
Quién recoge las pilas usadas
El Sistema Integrado de Gestión de las pilas usadas en España es la Fundación Ecopilas. Técnicamente, Ecopilas es un «Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor -SCRAP» para la gestión los residuos de pilas y baterías.
Ecopilas se creó en el 2000 por los principales fabricantes e importadores de pilas en nuestro país. Son objetivos de la Fundación Ecopilas gestionar los residuos de pilas y baterías usadas al final de su vida útil. Y además:
- Implantar un sistema de recogida selectiva y reciclaje de pilas y baterías usadas.
- Responder al principio de corresponsabilidad de productores y comercializadores en la gestión de residuos.
- Facilitar la adhesión al SIG (Sistema Integrado de Gestión) de los productores que lo necesiten.
- Reducir el impacto medioambiental de pilas y baterías usadas.
- Instar a los productores a la reducción de posibles sustancias peligrosas contenidas en las pilas.
- Mantener contacto con Sistemas integrados de gestión homólogos en otros países europeos.
- Colaborar con las Administraciones Públicas competentes.
El patronato de ECOPILAS está formado por las siguientes empresas y entidades: Energizer, Cegasa, Philips, Sony, Kodak,,Anged (Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución) y ASIMELEC (Asociación Multisectorial de Empresas de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Electrónica).
Estas empresas y asociaciones constituyen parte activa en la optimización ambiental y económica de la gestión de las pilas y baterías, asumiendo la iniciativa técnica, financiera y de gestión para dar solución a estos residuos.
Centros de almacenamiento temporal
En los centros de almacenamiento temporal se procederá a una nueva clasificación de las pilas y acumuladores portátiles usados recibidos, que se llevará a cabo separando las pilas y acumuladores caracterizados como residuos peligrosos, mediante la segregación de, al menos, los residuos de pilas botón, pilas estándar, acumuladores portátiles que contengan cadmio o plomo, restantes acumuladores portátiles y otros tipos de pilas portátiles.
Los residuos de pilas o acumuladores caracterizados como peligrosos (pilas botón y acumuladores con cadmio o plomo), se entregarán a un gestor autorizado de residuos peligrosos, considerándose el resto, salvo prueba en contrario, residuos no peligrosos a entregar a un gestor autorizado de este tipo de residuos.
Los productores garantizarán, mediante su propio sistema de gestión individual, a través de terceros o mediante sistemas integrados de gestión, el transporte de estos residuos desde los centros de almacenamiento temporal hasta las plantas de tratamiento y reciclaje.
En el supuesto de productores que hayan establecido sistemas de depósito, devolución y retorno, será su propia organización o servicio quien se encargue de recoger los residuos de las pilas, acumuladores y baterías que haya puesto en el mercado y trasladarlos directamente desde los establecimientos de los distribuidores o vendedores hasta las plantas de tratamiento y reciclaje o hasta los centros de almacenamiento temporal para su posterior reenvío, a su cargo, a las plantas de tratamiento y reciclaje.
Normativa europea
- Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores (ver online).
Normativa estatal
- Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (BOE de 20 de enero de 2021).
- Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Real Decreto 943/2010, de 23 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
- Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
- Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.
- Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.