«Padiex». Fecha publicación: 7 octubre 2010. Última actualización: 7 octubre 2019.
Las siglas PADIEX son el acrónimo de Plan de Atención Dental Infantil de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El PADIEX es un Plan de Atención Dental pública destinado a los niños extremeños que comenzó en enero de 2005.
Su finalidad es lograr una correcta salud bucodental para los niños de Extremadura mediante medidas preventivas y los tratamientos necesarios.
Tabla de contenidos
Beneficiarios
Está dirigido a todos los niños residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura desde el año en que cumplan 6 años, permaneciendo en el mismo hasta el año en que cumplan 15.
Lo dice así el Decreto 195/2004:
el menor será incluido en el Programa desde el 1 de enero del año en que cumpla 6 años de edad y permanecerá en él hasta el día 31 de diciembre del año en que cumpla 15 años.
Servicios que incluye
Cada niño incluido en el programa PADIEX tiene un dentista de cabecera que será el responsable de su salud oral y que le realizará asistencia preventiva, pero también reparadora o paliativa.
Tratamientos asistenciales básicos
Se incluyen en la prestación:
- Sellado de fisuras de primeros y segundos molares permanentes.
- Fluoración tópica, de acuerdo con el programa establecido al
efecto y de las necesidades individuales de cada niño.
- Obturación de molares permanentes (en caso de lesiones
irreversibles).
- Extracción de piezas temporales y permanentes (cuando no
esté indicado realizar tratamiento pulpar).
- Tartrectomías en dentición permanente.
- Extracción de supernumerarios erupcionados.
- Reevaluación y seguimiento, a criterio del dentista, de caries, enfermedad periodontal, maloclusión, así como de pacientes médicamente comprometidos o de especial riesgo.
Tratamientos asistenciales especiales
Los tratamientos asistenciales especiales que se incluyen en el Programa de Salud Bucodental infantil, son los siguientes (salvo que existan terceros obligados al pago):
- Ferulización del grupo anterior.
- Reconstrucción y gran reconstrucción.
- Perno prefabricado intrarradicular.
- Reimplante dentario.
- Sutura de tejidos blandos.
- Tratamiento pulpar de piezas permanentes (apicoformación, recubrimiento pulpar directo y endodoncia).
Prestaciones excluidas
Quedan excluidas de las coberturas del PADIEX las siguientes prestaciones:
- Los tratamientos reparadores de la dentición temporal.
- La atención dental ortodóntica, tanto en su fase diagnóstica
como terapéutica, incluidos los mantenedores de espacio.
- Los tratamientos del grupo inciso-canino por agenesia de todas
o alguna de sus piezas.
- Los traumatismos del grupo inciso-canino cuando haya terceros
obligados al pago.
- Prótesis de cualquier tipo.
- Cualquier intervención o realización de pruebas complementarias para fines distintos de las prestaciones contempladas en el Programa.
Dentistas incluidos
Los dentistas obtienen una serie de ayudas públicas por estos tratamientos que asumen por su cuenta en favor de los niños por medio de tarifas que se actualizan periódicamente por la Junta de Extremadura.
En el Programa se integrarán, con objeto de garantizar la asistencia dental prevista en el presente Decreto, los siguientes profesionales:
• Los dentistas pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud.
• Los dentistas del sector privado que soliciten participar en el
Programa, previa la suscripción del correspondiente concierto con el Servicio Extremeño de Salud, para la prestación de servicios sanitarios.En función del volumen de la población a atender y del número
de profesionales integrados en el Programa, el Servicio Extremeño
de Salud podrá establecer un cupo máximo de usuarios por
profesional concertado.
En cuanto a sus honorarios, hay dos sistemas de retribución del Gobierno de Extremadura a los profesionales odontólogos particulares:
- sistema capitativo (cantidad fija por usuario y año), para el conjunto de prestaciones asistenciales
- pago por servicio, acto operatorio o tratamiento realizado
El importe de las tarifas se determina en una Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo extremeña.
Cómo apuntarse
Todos los niños incluidos en el programa tendrán asignado un dentista de cabecera, quien se responsabilizará de prestar la asistencia dental más adecuada a cada caso, dentro de las prestaciones recogidas en el presente Decreto, dejando en todo caso constancia escrita en la historia clínica del paciente.
Para esta asignación, los padres o representantes del menor tendrán derecho a optar, sólo una vez al año, por alguno de los profesionales integrados en el Programa de Salud Dental Infantil.
Normativa relacionada
Extremadura
- Decreto 11/2019, de 19 de febrero, por el que se modifica el Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (ver pdf)
Normativa estatal
- Real Decreto 499/2010, de 30 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para la promoción de actividades para la salud bucodental infantil durante el año 2010 (BOE de 14 de mayo de 2010).
También puedes leer todo lo publicado den Consumoteca sobre dentistas y clínicas dentales.
Esta entrada «Padiex» se publicó originalmente el 7 de octubre de 2010 y ha sido actualizada con fecha 7 de octubre de 2019.