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Medioambiente
El DRAE define el medioambiente como el “conjunto de circunstancias exteriores a un ser vivo”.
En realidad con este término nos referimos al entorno natural donde viven los seres vivos en la naturaleza que los rodea, aire, agua, tierra, plantas…
Desde el inicio de los tiempos el hombre extrae del medioambiente recursos esenciales para su vida y tiene la obligación de preservarlo y explotarlo de forma razonable ya que su salud y su propia subsistencia están en juego.
Constitución y medioambiente
La preocupación por el medioambiente se plasma en el artículo 45 de la Constitución española que dice así:
Artículo 45.
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.
Ministerio de Medio Ambiente
En 2008 se creó en España el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino por Real Decreto 432/2008, asumiendo las competencias hasta entonces atribuidas a los suprimidos Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente, e incorporando la competencia de protección del mar.
Este Ministerio se encarga de proponer y ejecutar la política del Gobierno en materia de lucha contra el cambio climático, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad y del mar, agua, desarrollo rural, recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, y de alimentación.
Desde junio de 2018, se ocupa del medioambiente el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
Unión Europea y medioambiente
Desde inicios de los años setenta, la Unión Europea mantiene un fuerte compromiso en favor del medio ambiente: la protección de la calidad del aire y el agua, la utilización racional de los recursos naturales, la conservación de la biodiversidad, la gestión de los residuos y de las actividades con efectos perjudiciales.
La política europea de medio ambiente tiene por objeto garantizar un desarrollo sostenible del modelo europeo de sociedad. Empezó con un enfoque corrector de problemas concretos y hoy tiene un enfoque más transversal, preventivo e integrado en otras políticas.
La Unión Europea y la Oficina Regional Europea de la OMS tienen en marcha políticas de medio ambiente y salud para reducir enfermedades respiratorias y cánceres provocados por la contaminación en las grandes ciudades.
Por su parte, la Unión Europea aprobó en 2004 la Estrategia europea de medio ambiente y salud. Esta estrategia ha desarrollado su primer ciclo a través del Plan de acción europeo de medio ambiente y salud (2004-2010).
Etiqueta Ecológica Europea
La Etiqueta Ecológica Europea (Ecolabel), conocida por sus siglas EEE fue creada en 1992 como instrumento voluntario de ayuda a las empresas y a los consumidores para mejorar su actuación ambiental.
El objetivo de la etiqueta ecológica es informar de productos que pueden reducir los efectos ambientales adversos, en comparación con otros productos de su misma categoría.
La EEE contribuye así a un uso eficaz de los recursos y a un elevado nivel de protección del medio ambiente europeo. La consecución de este objetivo se efectúa proporcionando a los consumidores orientación e información exacta, no engañosa y con base científica sobre dichos productos.
Responsabilidad medioambiental
La responsabilidad medioambiental, que se define en la Directiva 2004/35/CE, es una aplicación del principio de «quien contamina paga», enunciado en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
La responsabilidad medioambiental se aplica a los daños medioambientales y a las amenazas de daños cuando se derivan de actividades profesionales, siempre que sea posible establecer un vínculo causal entre el daño y la actividad de que se trate.
Los daños medioambientales son los daños causados a las aguas, a las especies y a los hábitats naturales protegidos por la Red Natura 2000, así como la contaminación del suelo que suponga un riesgo importante para la salud humana.