Una cama solar (o banco solar) es cualquier aparato que contenga como mínimo un emisor de ultravioletas, que se utilice para conseguir un bronceado artificial.
Los bancos y camas solares tienen la consideración legal de aparatos de bronceado. Por tanto, quedan sometidos a la normativa sobre centros de bronceado.
En particular en lo que se refiere a su cumplimiento de la norma de seguridad eléctrica y a sus revisiones periódicas (al menos una al año) cuyo resultado se debe inscribir en un libro de mantenimiento de cada cama solar a disposición de las Comunidades autónomas.
Normativa estatal
La normativa de los centros de bronceado de carácter estatal es:
- Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas (ver online).