Desde que un niño nace y hasta su edad previa a la escolarización, es muy importante detectar en él cualquier posible necesidad especial originada por alguna deficiencia o alteración en su normal desarrollo. Cuando los padres y/o profesionales sanitarios sospechan que el bebé pueda tener alguna dificultad en su desarrollo es el momento de buscar apoyo y para ello están los servicios de atención temprana. En este post analizamos la atención temprana en Navarra.
Tabla de contenidos
Qué es la atención temprana
La atención temprana es un servicio sanitario, educativo y social de carácter gratuito que ofrecen las Comunidades autónomas a las familias para sobrellevar de la mejor manera las deficiencias o alteraciones en el desarrollo de sus bebés.
Su objetivo es favorecer el desarrollo del niño y su máxima autonomía personal, minimizando las posibles alteraciones y/o discapacidades en un entorno familiar, escolar y social inclusivo.
La atención temprana es un servicio coordinado con tres vertientes, la sanitaria, la educativa y la social. Los profesionales de las tres materias evalúan y hacen un seguimiento continuado del bebé-niño e intentan ofrecer una atención interdisciplinar.
Tipos de necesidades
Están necesitados de atención temprana los niños y niñas con alteraciones o trastorno del desarrollo como consecuencia de una alteración de las estructuras o funciones corporales, restricciones en la actividad y/o participación social. O por cualquier otro factor contextual que repercute significativamente en el desarrollo de las capacidades, adquisiciones y recursos personales.
También los que tienen riesgo de presentar alteración en el desarrollo por haber estado sometidos, durante el período pre, peri y/o postnatal, a determinadas situaciones como el bajo peso, ser niños prematuros, de bajo peso o con anoxia al nacer.
Y los niños con riesgo de presentar alteración en el desarrollo por encontrarse expuestos a condiciones psicosociales como la desprotección o la vulnerabilidad hacia la desprotección.
Atención temprana en Navarra
En Navarra el «Servicio de Atención Temprana» se presta en bebés y niños de 0 a 3 años de edad.
Consiste en una prestación garantizada y universal para niños y familias, que incluye la prevención, detección, evaluación e intervención coordinada desde una perspectiva integral.
Este servicio de atención temprana pretende dar respuesta a las necesidades permanentes o transitorias que presentan los niños o niñas con trastorno en el desarrollo o riesgo de padecerlo por estar expuestos a factores de carácter biológico y/o psicosocial. Se trata de un servicio gestionado desde el Departamento de Derechos Sociales navarro.
Objetivos del Servicio de Atención Temprana
Son objetivos del Servicio de Atención Temprana navarro (extracto de la norma):
-Garantizar los servicios necesarios para promover el óptimo desarrollo de los niños y niñas desde el nacimiento hasta los 3 años.
-Introducir las medidas de adaptación y compensación del entorno comunitario buscando la inclusión y participación de los menores y familias, garantizando la máxima calidad de vida presente y futura.
-Reforzar las competencias de la familia en la crianza de sus hijos mediante la participación, apoyo e información, y reforzar las competencias del entorno educativo para dar respuesta a las necesidades de todos y todas las menores buscando la participación e inclusión.
-Proporcionar servicios integrales que satisfagan las necesidades de los menores y sus familias y garantizar la participación activa esta en el proceso de intervención y toma de decisiones.
-Asegurar equipos expertos en desarrollo de la primera infancia (0 a 3 años) y garantizar su formación continua mediante un plan específico en el «Plan Anual del Servicio». Entre los profesionales habrá psicólogos, pedagogos, psicopedagogos, médicos, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, trabajadores sociales, psicomotricistas, logopedas y profesionales de educación social.
-Garantizar la continuidad de la atención dirigida a la población infantil y familias en la incorporación a segundo ciclo de Educación Infantil.
Cómo solicitar la atención temprana
El servicio se solicitará por la familia o por los servicios sanitarios, sociales o educativos. Hecha la solicitud, el niño o niña recibirán una valoración inicial por parte del Servicio de Atención Temprana, que incluirá también el análisis de su familia y entorno. Para esta valoración inicial se podrán solicitar cuantos informes se estimen procedentes a cualquiera de los sectores implicados. Los resultados de la valoración inicial se plasmarán en un informe que podrá proponer el acceso al Servicio de Atención Temprana, mediante la oportuna resolución.
Una vez en marcha la atención temprana, el bebé, pasará por las siguientes fases (extractadas):
- Elaboración de un Plan de Intervención: incluirá la detección de necesidades de la familia y entorno, la evaluación funcional del menor, la concreción de objetivos y actuaciones específicas.
- Evaluación de procesos y resultados de la intervención más informe de finalización del servicio.
- Elaboración del informe destinado al centro escolar donde se matricula el menor en segundo ciclo de Educación Infantil. Elaboración de cuantos informes sean requeridos por la familia u otros servicios.
Profesional de referencia
Cada menor y familia tendrá un profesional de referencia designado por el equipo de Atención Temprana, responsable de las anteriores actuaciones.
Este profesional estará apoyado por los diferentes perfiles del resto del equipo desde un funcionamiento inter y transdisciplinar y conforme a las necesidades que se vayan generando en cada familia.
Además, toda la documentación que genera el niño o la niña, su familia y entorno, se deberán reunir en la Historia del menor.
Todas las actuaciones (valoración inicial, proceso de intervención) estarán integradas con las realizadas por otros servicios públicos de atención a la primera infancia, evitando duplicidades buscando eficacia y eficiencia en la atención a los menores y familia.
La atención temprana podrá finalizar si se cumplen los objetivos establecidos en el Plan de Intervención del menor, cuando éste se incorpore a Educación Infantil o Educación Primaria.
También por voluntad expresa escrita de la familia o si se incumplen las normas establecidas para una correcta prestación del servicio.
En el momento de la finalización del servicio, la familia tendrá derecho a recibir un informe escrito que sintetice la intervención llevada a cabo con el menor y familia y la situación actual, así como las necesidades que se consideren precisas.
Normativa Navarra de atención temprana en Navarra
- Orden Foral 94/2019, de 9 de septiembre, por la que se regula el Servicio de Atención Temprana del Departamento de Derechos Sociales (BON de 17 de octubre de 2019).
- Decreto Foral 198/2019, de 28 de agosto, por el que se regula la Red de Atención Temprana de Navarra.
- Decreto Foral 30/2019, de 20 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, que aprueba la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general.
- Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales de Navarra.