La entrada «Tipos de aguas envasadas para consumo humano» se publicó por primera vez el 1 de febrero de 2011 y ha sido actualizada el 1 de febrero de 2022.
En España, la normativa distingue 4 tipos diferentes de aguas de consumo (por canalización o envasadas). Estos cuatro tipos de aguas envasadas son las aguas preparadas, las aguas de consumo público envasadas, las aguas minerales naturales y las aguas de manantial.
Tabla de contenidos
Aguas de consumo humano
Legalmente, son aguas destinadas al consumo humano todas las aguas, ya sea en su estado original, ya sea después de tratamiento, para beber, cocinar, preparar alimentos u otros usos domésticos.
No importa su origen ni su forma de suministro a través de una red de distribución (el grifo de casa o el parque), una cisterna o envasadas en botellas u otros recipientes.
Tipos de agua de consumo humano
Las aguas que actualmente se envasan para consumo humano en España (y en los países de la Unión Europea, ya que deben cumplir la misma normativa de mínimos) son de cuatro tipos:
- las aguas minerales naturales.
- aguas de manantial.
- aguas preparadas.
- aguas de consumo público envasadas.
Aguas minerales naturales
Según el Real Decreto 1798/2010, son:
aquellas microbiológicamente sanas que tengan su origen en un estrato o yacimiento subterráneo y que broten de un manantial o puedan ser captadas artificialmente mediante sondeo, pozo, zanja o galería, o bien, la combinación de cualquiera de ellos.
Las aguas minerales naturales, dado su origen subterráneo están protegidas de forma natural de todo riesgo de contaminación. Estas aguas pueden distinguirse claramente de las restantes aguas de bebida ordinarias por 3 características que se deben mantener intactas:
- Por su naturaleza y contenido en minerales, oligoelementos y otros componentes
- Por su constancia química y
- Por su pureza original.
Aguas de manantial
Según el Real Decreto 1798/2010, son:
aguas de origen subterráneo que emergen espontáneamente en la superficie de la tierra o se captan mediante labores practicadas al efecto, con las características naturales de pureza que permiten su consumo,
Estas características se conservan intactas, dado el origen subterráneo del agua, mediante la protección natural del acuífero contra cualquier riesgo de contaminación.
Aguas preparadas
Según el Real Decreto 1799/2010, son:
Las aguas distintas a las aguas minerales naturales y de manantial, que pueden tener cualquier tipo de procedencia y se someten a los tratamientos fisicoquímicos autorizados necesarios para que reúnan las características de potabilidad (establecidas en el anexo I).
A efectos de su denominación, hay estos tipos de aguas preparadas:
- Aguas potables preparadas: son «aquellas que pueden tener cualquier tipo de procedencia, subterránea o superficial y que han sido sometidas a tratamiento para que sean potables. Todas estas aguas perderían así, si la tuviesen, la calificación de agua de manantial o agua mineral natural, pasando a denominarse aguas potables preparadas».
- Aguas potables de abastecimiento público preparadas.
Aguas de consumo público envasadas
Según el Real Decreto 1799/2010, son:
Son aquellas distribuidas mediante red de abastecimiento público y las procedentes de este origen, envasadas conforme a la normativa que regula los materiales en contacto con alimentos, de forma coyuntural para su distribución domiciliaria y gratuita, con el único objeto de suplir ausencias o insuficiencias accidentales de la red pública, que deben cumplir el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad de las aguas de consumo humano.
Diferencias entre las distintas aguas de consumo humano
Las aguas minerales naturales y aguas de manantial se caracterizan por su origen subterráneo y por su contenido en minerales, oligoelementos y otros componentes, así como por su pureza original.
Por su parte, las aguas preparadas y de consumo público envasadas pueden ser de procedencia subterránea o superficial. Pero no disponen de las propiedades de aquellas. Por ello la normativa considera necesario garantizar el derecho de información del consumidor respecto de la calidad y origen del agua preparada que bebemos, regulando su publicidad y etiquetado.
Finalmente, las aguas de consumo publico envasadas son aquellas distribuidas mediante red de abastecimiento público. Y las procedentes de este origen, envasadas conforme a la normativa que regula los materiales en contacto con alimentos, de forma coyuntural para su distribución domiciliaria y gratuita, con el único objeto de suplir ausencias o insuficiencias accidentales de la red pública.
Normativa de las aguas minerales y de manantial envasadas
Te presentamos a continuación la normativa existente, tanto estatal como de la UE de las aguas destinadas al consumo humano.
Normativa estatal
Te presentamos a continuación la normativa existente, tanto estatal como de la UE de las aguas destinadas al consumo humano.
- Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (BOE de 11 de enero de 2023).
- Real Decreto 314/2016, de 29 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, el Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, y el Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano (BOE de 30 de julio de 2016).
- Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano (BOE de 20 de enero de 2011).
- Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano (BOE de 19 de enero de 2011).
- Orden SAS/1915/2009, de 8 de julio, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano (ver online).
- Real Decreto 1744/2003, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas (derogado).
- Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad de las aguas de consumo humano (derogado por Real Decreto 3/2023)(ver online).
- Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas (derogado por el Reales Decretos 1798/2010 y 1799/2010).
- Real Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público (derogado por el Real Decreto 140/2003 ).
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto que regula el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (de aplicación para las aguas minerales y termales, independientemente del uso al que se destinen).
Directivas y Reglamentos CE
- Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano.
- Directiva 2009/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009 sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales.
- Reglamento (CE) n.º 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
- Directiva 2003/40/CE de la Comisión, de 16 de mayo de 2003, por la que se fija la lista, los límites de concentración y las indicaciones de etiquetado para los componentes de las aguas minerales naturales, así como las condiciones de utilización del aire enriquecido con ozono para el tratamiento de las aguas minerales naturales y de las aguas de manantial.
- Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano en lo que respecta a las aguas de bebida envasadas
- Directiva 80/777/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales, modificada por la Directiva 96/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por la que se modifica la Directiva 80/777/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales.
tipos de agua genial gracias por publicar estas paginas q ayudan mucho!! yo llevo una materia q se llama tratamientos de aguas residuales del cbtis 217 y esta m,uy bn grax!!
cuales son los tipos de agua del estado sera que me pueden decis algo relacionado sobre los tipos del agua del estado