Legalmente* los productos de repostería son los productos alimenticios elaborados básicamente con masa de harina, fermentada o no, rellena o no, cuyos ingredientes principales son harinas, aceites o grasas, agua, con o sin levadura, a la que se pueden añadir otros alimentos, complementos panarios o aditivos autorizados y que han sido sometidos a un tratamiento térmico adecuado.
El Código Alimentario español define a los productos de repostería así en su apartado (3.20.50. Productos de pastelería y repostería):
Son los productos no fermentados de diversa forma, tamaño y composición, considerados de fantasía y elaborados a base de harina de trigo o de otras procedencias, con féculas, azúcares, grasas comestibles y otros productos alimenticios.
Tabla de contenidos
Tipos de repostería
Legalmente existen dos variantes de repostería, la dulce y la salada.
En cada una de ellas hay cinco tipos de masas básicas de repostería (masas de hojaldre, masas azucaradas, masas escaldadas, masas batidas y masas de repostería).
Normativa relacionada
Es normativa que se aplica a los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería en España:
- Real Decreto 496/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería (BOE de 14 de mayo de 2010).
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Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español (ver online).
En cuanto a la Unión Europea, no existe normativa armonizada en la Unión sobre los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería. Pero a estos productos se les aplican estas disposiciones comunitarias de carácter horizontal:
- Reglamento (CE) 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.
- Reglamento (CE) 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativos a la higiene de los productos alimenticios.
* Real Decreto 496/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería (BOE de 14 de mayo de 2010).