En abril de 2023 se ha publicado una Orden con ayudas a celíacos en Castilla-La Mancha. La Orden está dirigida a personas afectadas por la enfermedad celíaca cuya unidad familiar no ingrese más de dos veces el IPREM en 2022 (unos 14.400 euros).
La Ley sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha recoge la obligación del gobierno regional de ayudar a las personas con enfermedades crónicas. Y para la celiaquía se ha destinado un presupuesto de 1 millón de euros en 2023.
Cada familia podrá recibir, por anticipado hasta 1500 euros, pero deberá guardar todos los tiques de compra e ir tabulándolos conforme vayan llegando, para poder justificar el destino de los fondos a principios de 2024.
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Enfermeda celíaca
La celiaquía o enfermedad celíaca es una intolerancia al gluten del trigo, cebada y centeno en personas predispuestas genéticamente y de carácter permanente.
Sus síntomas son una reacción inflamatoria inmune y múltiples alteraciones del organismo cuando se ingieren los anteriores alimentos enteros o como ingredientes de alimentos más complejos.
Se trata de un enfermedad que puede aparecer en cualquier momento de la vida y cuyo único tratamiento eficaz es una dieta exenta de gluten.
Pero los productos sin gluten son muy caros. Y alimentarse a base de ellos, un presupuesto mensual al que muchas familias no pueden hacer frente.
Por eso, el gobierno de C-LM ha aprobado unas ayudas para este tipo de personas y unidades familiares que vivan por debajo de un umbral de ingresos máximo.
Ayudas a celíacos en Castilla-La Mancha
A quién va dirigida
A personas que, en la fecha de presentación de su solicitud, tengan diagnosticada la enfermedad celíaca y acrediten su padecimiento.
La enfermedad celíaca deberá estar debidamente acreditada mediante informe médico de profesional perteneciente a la entidad concertada o Servicio Público de Salud al que esté adscrito la persona con celiaquía.
Se excluye la sensibilidad al trigo/gluten no celíaca, la alergia al gluten/trigo u otras.
Los beneficiarios deberán estar empadronadas en Castilla-La Mancha y haber residido en la región, al menos, desde los 6 meses previos a la presentación de la solicitud de subvención (salvo refugiados y víctimas de malos tratos).
Requisitos de ingresos máximos
Los beneficiarios deberán acreditar tener una renta per cápita de la unidad familiar, según último ejercicio con periodo impositivo finalizado, como máximo de dos veces el IPREM.
El IPREM axtual es de 7200 euros anuales (12 pagas) que multiplicado por 2 da un máximo de ingresos de 14.400 euros por unidad familiar en 2022.
Qué productos se incluyen
Las ayudas cubren la adquisición de alimentos elaborados específicamente para celíacos, que lleven la etiqueta «sin gluten» conforme al Reglamento nº 828/2014 europeo.
A cuánto dinero toca cada persona beneficiaria
La cuantía que se concederá a cada persona beneficiaria será de 750 euros, con un máximo de 1.500 euros por unidad familiar.
Es decir, que si en un hogar conviven más de 2 personas con celiaquía, y sus ingresos están por debajo de los 14.400 euros anuales, recibiran 1500 euros para sus productos celíacos comprados en 2023.
Eso sí, el dinero se obtendrá por adelantado si se acepta la solicitud:
Las subvenciones concedidas al amparo de la presente orden se harán efectivas en forma de pago único anticipado una vez notificada la resolución de concesión y certificación, expedida por el órgano instructor de la subvención, sobre acreditación del cumplimiento de las condiciones y de los fines que dan derecho a la persona beneficiaria al cobro de la misma dentro de los plazos establecidos.
Cómo se solicita la ayuda
Si eres beneficiaria, recordarte que la ayuda se concede por orden de entrada, hasta agotar el millón de euros asignado, con la fecha límite de 31 de octubre de 2023.
Hay que dirigir una instancia a la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria (ver web) bien de forma telemática (formulario aquí https://www.jccm.es) o de forma presencial en cualquier oficina pública:
DG de Humanización y Atención Sociosanitaria
Avda. Francia, 4 Torre 2
45071 Toledo (España)
- Teléfono: 925 26 52 39
- Correo electrónico: [email protected]
Se debe adjuntar un informe médico que certifique la enfermedad celiaca diagnosticada y las siguientes declaraciones responsables:
- de renta per cápita de la unidad familiar en 2022 certificando que los ingresos fueron menores del doble del IPREM.
- de los convivientes de la unidad familiar.
- de la antigüedad de residencia en Castilla-La Mancha.
Los beneficiarios deben comprometerse a destinar el importe pagado al objeto y finalidad de la subvención concedida, aceptarlo por escrito y declarar que son ciertos los datos consignados en la solicitud, comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, en caso de ser propuesto/a como beneficiario/a.
Hecha la solicitud, el personal funcionario evaluará la documentación, podrá pedir subsanarla, comprobará que se cumplen los requisitos y trasladará al beneficiario su resolución.
Cómo se justifica el dinero recibido
La justificación se realizará a través de cuenta justificativa simplificada en un único plazo. La persona beneficiaria deberá justificar, con anterioridad al 31 de enero de 2024, los gastos efectuados con cargo al 100% de la subvención.
En concreto, deberá aportar:
1º. Modelo de justificación.
2º. Relación clasificada de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, con indicación del nombre o razón social y NIF de la entidad proveedora y número de documento justificativo (factura/ticket), su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
3º. Declaración responsable de la persona beneficiaria en la que se haga constar que las relaciones presentadas corresponden a los gastos efectivamente realizados, y derivados de la finalidad para la fue concedida la subvención, y que no han sido presentadas ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de ayudas concedidas por las mismas.
4º. Cuando la adquisición de alimentos para personas afectadas por la enfermedad celíaca haya sido financiada, además de con la subvención, con otras subvenciones, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos.
5º. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
Normativa relacionada
La norma a la que hemos hecho alusión en este post sobre ayudas a celíacos en Castilla-La Mancha es:
- Orden 80/2023, de 17 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones y se convocan ayudas económicas en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia para personas afectadas por la enfermedad celíaca durante el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 688517 (DOCM de 20 de abril de 2023).
- Reglamento de Ejecución (UE) Nº 828/2014 de la Comisión de 30 de julio de 2014 relativo a los
requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos.
- Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha, en su artículo 41 determina que, a efectos de dicha ley, las personas.