En materia de comercio electrónico, una compra online es la acción voluntaria de adquirir un bien o contratar un servicio a distancia, por medio de internet, a cambio de un precio.
Para que haya una compra online, como en cualquier contrato, debe haber comprador online, vendedor (prestador de servicios de la sociedad de la información), cosa, precio y consentimiento.
Según el artículo 1254 del Código Civil:
«El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.»
Tabla de contenidos
LSSI
La Ley que regula las ventas online en España (LSSI -ver abajo) dice así en su artículo 23:
Los contratos celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos necesarios para su validez.
Los contratos electrónicos se regirán por lo dispuesto en este Título, por los Códigos Civil y de Comercio y por las restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios y de ordenación de la actividad comercial.
La actividad de los comercios online se conoce como comercio electrónico, y sus ventas se consideran legalmente, ventas a distancia, disponiendo el usuario comprador online de una serie de derechos en la contratación a distancia, que le protegen, al concertarse la venta sin contacto entre las partes y no poder ver y hacerse una idea de lo que está comprando hasta tenerlo en sus manos.
Estos derechos del comprador online se pueden agrupar en antes, durante y después de la compra. A continuación te los detallamos.
Antes de la compra
El usuario tiene derecho a entender quién está al frente de la tienda online (nombre de la empresa, razón social, CIF, dirección completa, teléfono de contacto etc.).
El Artículo 27 de la LSSI (Obligaciones previas al inicio del procedimiento de contratación), dice al respecto:
1. Además del cumplimiento de los requisitos en materia de información que se establecen en la normativa vigente, el prestador de servicios de la sociedad de la información que realice actividades de contratación electrónica tendrá la obligación de poner a disposición del destinatario, antes de iniciar el procedimiento de contratación y mediante técnicas adecuadas al medio de comunicación utilizado, de forma permanente, fácil y gratuita, información clara, comprensible e inequívoca sobre los siguientes extremos:
a) Los distintos trámites que deben seguirse para celebrar el contrato.
b) Si el prestador va a archivar el documento electrónico en que se formalice el contrato y si éste va a ser accesible.
c) Los medios técnicos que pone a su disposición para identificar y corregir errores en la introducción de los datos, y
d) La lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato.
La obligación de poner a disposición del destinatario la información referida en el párrafo anterior se dará por cumplida si el prestador la incluye en su página o sitio de Internet en las condiciones señaladas en dicho párrafo.Cuando el prestador diseñe específicamente sus servicios de contratación electrónica para ser accedidos mediante dispositivos que cuenten con pantallas de formato reducido, se entenderá cumplida la obligación establecida en este apartado cuando facilite de manera permanente, fácil, directa y exacta la dirección de Internet en que dicha información es puesta a disposición del destinatario.
Durante la compra
El principal derecho de un comprador online es a la correcta información sobre lo que está comprando (productos) o contratando (servicios).
Para ello, la descripción del producto, sus fotografías, y su precio, deben ser mostrados con claridad y no inducir a engaño sobre lo que se recibirá o el coste final a desembolsar.
Otro derecho es a que la introducción de datos personales al registrase en la tienda online, lo sea en páginas seguras (empiezan por https) y que se respete la privacidad. Para ello, lee y comprueba en su aviso legal el apartado dedicado a los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) relativos a la protección de datos personales.
Otro derecho durante la compra es a conocer las condiciones generales de contratación, es decir, a qué se compromete el vendedor y a qué el comprador a la hora de confirmar la venta online mediante la aceptación de las mismas y pago.
Por último, es importante observar qué formas de pago admite la tienda online, optando por las más seguras para nosotros como el pago contra-reembolso, la transferencia bancaria, el pago con tarjeta, PayPal, etc.
Tras la compra online
El principal derecho que tenemos además de a recibir aquello para lo que hemos pagado (o se ha comprometido a entregarnos el vendedor), es el de la disponibilidad del producto.
Y una vez en nuestro poder, el de poder devolver (gratis y sin tener que alegar nada) el producto durante los siguientes catorce días naturales a la recepción. Esto se llama derecho de desistimiento.
Nuevas tiendas online
En Internet tienes tiendas de todo y para todo, desde entradas de cine hasta accesorios de cualquier tipo pasando por coches y viviendas.
La pandemia ha incorporado miles de nuevos compradores online. Y también negocios online de venta de productos de protección frente al COVID-19.
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La LSSI y la LOPD
Cualquier actividad en Internet con ánimo de lucro (directo o indirecto) por parte de un prestador de servicios online (ya sea persona física o jurídica) está sometida a:
- Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (ver online).
y en lo que respecta a los datos personales, a la
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD).
Buenas podría decirme en que fecha publicó este artículo , se lo agradecería muchísimo.
La última actualización es de 10 de noviembre de 2020